Dré, manifestó –al igual que lo hizo en oportunidad de fundamentar el proyecto de reciclado de papel denominado “Vientos de cambio”-, que “la problemática de la basura en nuestra Ciudad es uno de los puntos que mas debemos tener en consideración con miras a mantener un ambiente sano y libre de contaminación”.
En razón de la idea, planteó la problemática del avance tecnológico, cual es el fenómeno de los artefactos eléctricos “que el día de hoy es considerado como tecnología de punta, a los pocos meses esta en desuso o es obsoleto, siendo abandonado o tirado a la basura como cualquier residuo domiciliario”.
Frente a ello, señaló que la iniciativa legislativa que impulsa “tiene como finalidad regular el tratamiento y disposición final de los RAEE (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos). “Estos aparatos eléctricos y electrónicos en desuso necesitan un tratamiento especial, previo a su disposición final, ya que contienen sustancias potencialmente peligrosas para el medio ambiente y la salud de las personas”, agregó.
Al respectó, destacó que “la Fundación Equidad, entidad sin fin de lucro que se dedica al reciclado de computadoras en desuso, que luego de reacondicionadas son donadas a distintas escuelas y organizaciones sociales a los fines de permitirles acortar la brecha tecnológica que sufren la mayoría de ellas: “Las computadoras que para las empresas son parte del pasado, para las escuelas y organizaciones son parte del futuro”.
En consecuencia, advirtió que “con el reciclado de este tipo de residuos se coadyuvaría a reducir la cantidad de desechos que disponemos en los rellenos sanitarios, ya que gran parte de estos productos son recuperables para ser reutilizados”.
Vale consignar que en los fundamentos del trabajo que se encuentra para su estudio en Comisión, se incorporó el análisis de la viabilidad social, legislación comparada, análisis de la viabilidad política y económica y viabilidad jurídica; y en cuanto al articulado, incluye: Capítulo I, sobre disposiciones generales; Capítulo II, referido a gestión integral; Capítulo II, sobre Generación y Disposición inicial; Capítulo IV, en el que trata de recolección y transporte; Capítulo V, de Tratamiento y disposición final; y el Capítulo VI, donde se especifica la Autoridad de aplicación.