“Esto es, ni más ni menos –indicó Gullo- que el otorgamiento de créditos blandos para parejas jóvenes, que unidas en matrimonio o en situación de convivencia continua, hayan tomado la trascendente decisión de formar una familia y proyectarla hacia el futuro.”
Los créditos a otorgarse tendrán un plazo máximo de veinte años y la tasa aplicable deberá ser un treinta por ciento (30%) inferior al promedio de las tasas vigentes en plaza para el otorgamiento de créditos hipotecarios.
El régimen creado será aplicable también a aquellas parejas que reuniendo las condiciones que la normativa establece, sean propietarias de un terreno propio y el mismo sea destinado a la construcción de su propia vivienda.
El Proyecto de Ley, que también lleva las firmas de los diputados Gustavo Marconato, Diana Conti, Ariel Pasini y Gerónimo Vargas Aignasse, establece que “Las viviendas adquiridas o construidas mediante el presente régimen se considerarán a todos los efectos, sin necesidad de trámite especial como Bien de Familia”.
La iniciativa establece que “El Banco Central adecuará y flexibilizará las disposiciones sobre financiación, gestión crediticia y evaluación y clasificación de deudores que resulten pertinentes”, teniendo en cuenta que “el propósito de la presente ley consiste en incentivar la adquisición o construcción de vivienda única, familiar y permanente”.