Aclaró que su fallo no suspende las elecciones internas porque "no toca el artículo cuarto de la ley que establece internas abiertas".
Insistió en la imposibilidad de adelantar los comicios generales porque, "de acuerdo al Código Nacional Electoral, si no media la excepcionalidad de renuncia del Presidente de la Nación y la respectiva convocatoria de la Asamblea Legislativa". (Télam)