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Jueves 28 de Marzo de 2024
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Regalías Mineras

Solicitan que el Estado pague con interés ante incumplimiento en transferencias de recursos a municipios

Ingresó en la Cámara de Senadores un proyecto de ley perteneciente al senador Ricardo Boggie mediante el cual se solicita la modificación del artículo 5 de la Ley 5128 de Distribución de las Regalías Mineras.
Ingresó en la Cámara de Senadores un proyecto de ley perteneciente al senador Ricardo Boggie mediante el cual se solicita la modificación del artículo 5 de la Ley 5128 de Distribución de las Regalías Mineras. La iniciativa, que tomará estado parlamentario cuando den inicio las sesiones ordinarias del presente periodo, establece que ante el incumplimiento del plazo establecido en relación a la transferencia de recursos provenientes de las regalías mineras a los municipios por parte del Estado, determinará automáticamente un interés punitorio equivalente a la Tasa Anual Pasiva del Banco de la Nación Argentina para depósitos a plazo fijo a treinta días, más dos puntos porcentuales, vigente al último día hábil fijado para la acreditación de los fondos que deben ser ingresados en la cuenta especial habilitada para la recepción de los recursos de cada municipio. El proyecto de ley cuenta con el acompañamiento del senador justicialista, Mario Figueroa.

En la fundamentación de la iniciativa el senador de Ancasti, Ricardo Boggio, hace mención a las “demoras injustificadas” en las que incurre el organismo de aplicación en la transferencia de los recursos a las cuentas de las comunas. “Esta morosidad en el cumplimiento efectivo de la norma, no encuentra fundamento legal, ni técnico administrativo que lo avale, salvo que la expresión ´ingresarán automáticamente en una cuenta`, inserta en el articulo 5º , sea interpretada en forma errónea por la autoridad de aplicación, generando un perjuicio en el desarrollo de los municipios, lo que significa para estos estas sujetos a la voluntad de los funcionarios de turno, en cuanto a la ejecución de sus programas de inversión y logros de sus metas de gobierno”, señaló el legislador.

Boggio explicó que no solo se propone una modificación en el texto en donde el “automáticamente” se transforma en un plazo cierto para el cumplimiento de la norma conforme lo establecido en el Código Civil, “sino que planteamos un castigo monetario ante la morosidad de su efectivización, porque no es justo ni correcto que los municipios se vean obligados a la postergación de la ejecución de sus obras por no contar con los recursos en tiempo y forma o afrontar intereses por mora en el pago de sus obligaciones, en caso de haberlos contraído en base al ingreso de esos recursos”.

“Cuando hablamos de premios y castigos, el Estado Provincial siempre se refiere a terceros, sobre todo en las penalidades, pero alegremente está salvaguardando de su actuación morosa en la aplicación de la Ley y ello conlleva un sentido de impunidad y de displicencia en el manejo de la cosa pública, lesionando los intereses de la comunidad”, insiste en indicar Boggio en otro tramo de los fundamentos del proyecto.


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