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Jueves 28 de Marzo de 2024
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Pomán: Reunión informativa

Cosecha olivícola 2002/2003

Se realizó ayer en Pomán la primera reunión Informativa correspondiente al Programa de Fomento de Mano de Obra Catamarqueña para la cosecha olivícola 2002/2003.El encuentro se concretó en el salón Cultural de la Municipalidad de Pomán.

Se realizó ayer en Pomán la primera reunión Informativa correspondiente al Programa de Fomento de Mano de Obra Catamarqueña para la cosecha olivícola 2002/2003.El encuentro se concretó en el salón Cultural de la Municipalidad de Pomán.

En la oportunidad, estuvieron presentes el secretario de Inversión para el Desarrollo Agropecuario, Raúl Macaroff, el Intendente de Pomán, Francisco Gordillo, representantes de quince empresas Promovidas radicadas en la zona, beneficiarios del Plan Jefes y Jefas de Hogar del departamento mencionando y de departamentos vecinos. También participaron delegados del Registro Nacional de Trabajadores Rurales (RENATRE) y Unión Argentina de Trabajadores Rurales (UATRE).

Durante la reunión, se expusieron las características técnicas y legales del programa, también se explayaron sobre la mecánica de utilización del Componente Solidario de Reinserción Laboral que prevé la posibilidad de incorporar beneficiarios del Plan Jefes y Jefas de Hogar en actividades laborales regulares.

Si bien el Programa de Fomento de Mano de Obra Catamarqueña comienza con la primer gran cosecha de aceitunas en la provincia, aproximadamente 25.000.000 de kilos. En tanto, se dejó en claro que el mencionado Programa es aplicable a diferentes actividades económicas y en distintos niveles o escalas: empresas promovidas y no promovidas, pequeñas, medianas o grandes, productores tradicionales o nuevas explotaciones, agro, industria, servicios, siempre que pertenezcan exclusivamente al sector privado.

En este sentido, Macaroff, destacó la coordinación de acciones entre las reparticiones Públicas Nacionales, Provinciales, Municipales y Consejos Consultivos del Plan Jefes y Jefas de Hogar, a fin fomentar el trabajo y la contratación de mano de obra local como factor de desarrollo de la economía catamarqueña.

Programa Provincial de Fomento Laboral

A partir del decreto a través del cual el Poder Ejecutivo Provincial declaró de interés provincial a la cosecha olivícola 2003, se comienza a dar forma al Programa de Fomento de Mano de Obra Catamarqueña.

En el ámbito de autoridad jurisdiccional de la Ley de Desarrollo Económico Nº 22.702, la provincia establece mediante el decreto 100/03 un mecanismo especial y extraordinario de cómputos de la mano de obra afectada al proyecto promovido que propende a la contratación de mano de obra local para la demanda laboral prevista en la cosecha e industrialización de la aceituna en la provincia.

De acuerdo a esta normativa, las empresas Promovidas del Sector Olivícola podrán computar para el cumplimiento del compromiso de personal establecido en el acto particular de otorgamiento de beneficios como mano de obra propia, a la contratada bajo la modalidad de servicios de terceros en la medida que el contratista, ya sea una empresa comercial, cooperativa, consorcio o persona física, tenga constituído su domicilio legal en la Catamarca al momento de la prestación de servicios.

Asimismo el periodo de tres meses establecido por el artículo 2 del decreto Nº 425/01 se podrá ajustar al tiempo efectivo de la prestación laboral que se trate con un mínimo de 30 días al año y en la medida que el personal contratado tenga domicilio legal en la provincia.

Reinserción laboral

La coordinación de tareas entre el Ministerio de Producción y Desarrollo, la Agencia de Empleo de la Nación, con la participación de la UATRE y el RENATRE, así como los diferentes actores públicos y privados, permitió orientar la aplicación inicial del Componente Solidario de Reinserción Laboral establecido por la Resolución 37/03.

{adr}Los aspectos fundamentales del sistema son los siguientes:

Oferta Laboral disponible: la totalidad de los beneficiarios del Programa Jefes de Hogar cuyo perfil laboral resulte adecuado a la tarea requerida.

Empleadores: deberán registrarse en la Agencia de Empleo de la Nación, delegación Catamarca.

Los empleadores podrán seleccionar e incorporar en forma libre y voluntaria como trabajadores de su empresa hasta la totalidad de la dotación estimada de personal requerida.

Obligaciones del Empleador: Suscribir un convenio de adhesión por un término de hasta 6 meses, establecer y respetar la jornada de trabajo y número de beneficiarios incluidos, pago a los trabajadores de la diferencia en dinero necesaria para alcanzar el salario establecido en la categoría de revista del Convenio Colectivo de Trabajo aplicable a la actividad, el que no podrá ser inferior a 8 horas diarias.

No podrá producir despidos en su planta declarada al momento de su inscripción en el registro especial, deberá completar el aporte mínimo exigido a los efectos de que el trabajador acceda a la prestación de la obra social.

Al término del convenio (hasta seis meses), el empleador que opte por incorporar a su planta de personal a Beneficiarios de este Plan, podrá acceder en igual número a un nuevo convenio de adhesión.

La baja de beneficiarios por propia voluntad, podrá ser reemplazada por otro en un nuevo periodo de hasta 6 meses. En tanto, la baja de beneficiarios solicitado por el empleador podrá ser reemplazada por otro únicamente por otro hasta finalizar el periodo establecido en el convenio de adhesión.

 

 


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