La subsecretaria de Promoción precisó que “atento a los incumplimientos formales y no formales en que incurrió la empresa, los cuales están previstos en el decreto 499/96 y que estando prácticamente en estado de inactividad el emprendimiento, se resolvió declararlo como decaído”. La determinación surgió luego de haberse iniciado un sumario administrativo por parte de la Comisión Especial de Sumarios, (creada a los efectos de resolver situaciones de incumplimiento de las empresas diferidas) y luego de ser analizados los servicios técnicos y jurídicos por parte del Ministerio de Producción y Desarrollo.
El decreto 499/96 prevé multas que van desde el uno por mil hasta la caducidad total del proyecto. Las sanciones pueden estar motivadas por incurrir en distintos incumplimientos, que podrán ser formales o no formales. Entre ellos, la demora en las inversiones previstas, no contratación de la mano de obra comprometida, o irregularidad de los inmuebles, entre otros aspectos.
En el caso concreto del emprendimiento Las Tipas, el incumplimiento del grupo empresario en distintos aspectos relacionados al proyecto fue de tal gravedad y muy marcado por un importante retraso en las inversiones comprometidas, que motivó la disposición de hacer decaer el beneficio.