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Jueves 18 de Abril de 2024
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Atención productores viñateros

Inscriben para el PROVIT

En el marco del Programa Vitícola (PROVIT), creado a partir de la ley provincial 5193, el Ministerio de Producción y Desarrollo convoca a todos los productores de vid del Valle Central, inscribirse en el registro correspondiente y poder acceder luego a la ayuda económica que otorga el Gobierno de la provincia en apoyo al sector.
El objetivo del PROVIT es lograr la mejora de la producción de uva en cantidad y calidad. Según se indicó, el productor podrá destinarla, tanto a la colocación de nuevas plantaciones, como también a mejorar la infraestructura del parral, introducir o cambiar variedades sin semilla o de uvas tintas, ó hacer las labores necesarias para mejorar sus ingresos.
A través del este Programa los productores que poseen hasta una hectárea con producción de vid, podrán recibir subsidios de 1500 pesos. Lo que se busca con esta operatoria es mejorar las plantaciones de vid y las infraestructuras en el cultivo. Y también que los productores puedan realizar mejoras sustanciales en la calidad de las vides, tanto para vinos finos como para la producción de pasas de uva sin semilla. La reglamentación del PROVIT prevé que si los beneficiarios hacen mejoras en sus cultivos, la asistencia se completará en una segunda fase del programa.
Las inscripciones se reciben hasta el 30 de marzo, en la Subsecretaría de Agricultura y Ganadería, sita en Avenida República de Venezuela (Ex Regimiento), Pabellón 30, de 8.30 a 12. El interesado en acceder al beneficio deberá completar el formulario de declaración jurada y presentar la siguiente documentación:

* DNI y copia de DNI de 1°, 2° y cambio de domicilio.
* Documentación de la propiedad donde figure la matricula catastral (original y copia): escritura, boleto compraventa, impuesto de renta o certificado de catastro.
* Si no tuviera documentación de la propiedad, deberá realizar un acta judicial con el Juez de Paz.
* Copia de Registro del Inst. Nac. de Vitivinicultura (INV), si lo tuviera.
* Los medieros y/o encargados tendrán que presentar el contrato correspondiente (original y copia), en donde figure la matricula catastral, superficie y tiempo del contrato.
* En el caso de titulares fallecidos, deberán presentar acta de defunción.
En el caso de matrimonios divorciados, presentar sentencia de divorcio.

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