En este marco, hoy se reunieron miembros de la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) encabezados por su secretario general, Héctor Laplace, con el gerente general de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), Dr. Carlos Rodríguez, para formalizar la entrega de la normativa y cada parte se comprometió a realizar acciones ya que “si la normativa no se cumple se convierte en texto muerto”, enfatizó Rodríguez. A su vez, la conducción gremial en coincidencia resaltó “que el éxito del cumplimiento de la normativa se basaba en la acción sindical para hacerla respectar”.
Por lo tanto, AOMA comprometió sus esfuerzos para capacitar a los trabajadores del sector en el cuidado de su propia salud y en hacer conocer a cada uno el texto de la reglamentación. A propósito, incorporará su contenido el programa de capacitación acordado con la SRT que comienza ha ejecutarse en 10 provincias mineras.
Por su parte, la SRT continuará con su programa de apoyo a las autoridades de trabajo provinciales, “tanto para capacitarlos como para acompañarlos en la inspecciones de trabajo, y para brindarles una capacitación especial con respecto a esta normativa que viene de ser sancionada”. Comentó Rodríguez que “con uno de nuestros especialistas en minería que mandamos a capacitar a Europa, y es el único experto que existe en el país en la actualidad, también se implementarán programas de formación de formadores”.
Cabe destacar que esta gestión inaugurada a mediados de 2003, retomó el proceso de elaboración del Reglamento, logrando el consenso entre los representantes de la SRT, de la Cámara Argentina de Empresarios Mineros, Unión Minera Argentina y la Asociación Obrera Minera Argentina. Sin embargo, comenta Rodríguez, que “el punto más resistido fue la creación de los comités mixtos de prevención, pero tomamos la decisión de incluirlos, ya que estamos convencidos de que constituyen una herramienta fundamental para la gestión de la prevención. De manera, que ahora son obligatorios para la actividad minera, sin importar el número de trabajadores que posea la explotación, aunque varía la cantidad de representantes de los trabajadores y de los empleadores, según el número de empleados de la explotación”, concluyó el funcionario de la SRT.