Catamarca
Viernes 19 de Abril de 2024
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Designarán a los primeros profesionales auditores externos

Sistema integrado de control para proyectos de inversiones agropecuarias

Este viernes se pondrá en marcha el nuevo Sistema Integrado de Control para Proyectos de Inversiones Agropecuarias, a través de un acto público de sorteo y designación de los promeros profesionales auditores.

El Sistema de Control fue creado por Ley provincial Nº 5087 y la resolución reglamentaria de la Secretaría de Inversión para Desarrollo Agropecuario, del Ministerio de Producción y Desarrollo.

Precisamente, el titular del área, Ernesto Álvarez Morales, participará mañana, a partir de las 11 y en la sede del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Catamarca, del acto público donde se producirá el sorteo y designación de los primeros profesionales auditores externos y a través del cual se pondrá en marcha el Sistema Integrado.

Los profesionales auditores tendrán la responsabilidad de realizar el control e inspección de las 111 declaraciones juradas semestrales presentadas hasta el momento por los proyectos agropecuarios beneficiados por la Ley de Diferimientos Impositivos.

Estarán presentes también, el secretario de Inversión para el Desarrollo Agropecuario, Raúl Macarof, el director de Promoción para el Desarrollo, Esteban Rizo profesionales y empresarios del sector.

En tanto, en los próximos días se concretará un acto similar, pero bajo la supervisión y organización del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, con el objeto de designar a los Contadores Públicos encargados de la auditoría contable y administrativa.

Reglamentación

{adr}Por otra parte, el gobernador del provincia, Oscar Castillo, con fecha 16 de abril de 2003 firmó un decretó Nº 384, por el que la Autoridad de Aplicación del Régimen de Promoción Industrial, Agropecuario y Turístico, reglamenta el sistema optativo de devolución anticipada creado por el articulo 76 de la Ley nacional de Presupuesto 2003 Nº 25.725.

El citado artículo faculta al Poder Ejecutivo Provincial a reglamentar la operatoria para el caso que así no lo hiciere el Estado nacional dentro de los 30 días de su publicación en el Boletín Oficial, habiendo vencido dicho plazo el día 21 de febrero de 2003.

Catamarca en tiempo y forma, y bajo las previsiones técnicas de rigor, ha procedido en efecto según lo establece la disposición legal de orden superior.


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