La ley fue aprobada por la Legislatura provincial en 2007 y puesta en vigencia por un decreto del gobernador radical Miguel Saiz desde el 5 de noviembre.
De esta forma, Río Negro y Neuquén son las únicas provincias que tienen leyes vigentes sobre muerte digna, mientras en Córdoba, Tucumán, Mendoza y en el Congreso Nacional hay varios proyectos presentados que esperan tratamiento.
En Río Negro, el Poder Ejecutivo aprobó el jueves la reglamentación de la Ley B 4264, promulgada en diciembre de 2007, y el formulario de información que se entregará a pacientes terminales que pidan evitar tratamientos dolorosos para mantenerlos con vida.
En ese grupo, la reglamentación incluyó a pacientes que sufran enfermedades irreversibles, incurables o que atraviesen su estado terminal, de acuerdo a casos de patologías que lleven a la muerte, las que tengan un final incierto o si el deceso fue estimado por profesionales en un breve lapso.
La reglamentación de la ley fue presentada en Río Negro con tres anexos en los que definen a las enfermedades terminales, los procedimientos médicos para dar soporte vital, reanimación artificial, sufrimiento inevitable, acciones para controlar síntomas del paciente y un formulario con información médico legal para que el interesado pueda expresar su voluntad.
La ley tiene una cláusula que exime de responsabilidad civil, penal y administrativa a los profesionales que actúen de acuerdo a sus disposiciones, aunque los mismos pueden manifestar su objeción de conciencia en caso de oponerse a la medida.
Obispos rionegrinos habían apoyado desde su presentación la ley de muerte digna al considerar que la legislación "debe ayudar a cuidar y acompañar (a pacientes terminales) en sus últimos momentos de vida biológica, con cercanía y respeto por la vida".
Fuente: Minutouno.com