Catamarca
Martes 23 de Abril de 2024
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Ante sucursales bancarias locales

Comercio intercede por la provisión constante de cajeros automáticos

Con motivo de asegurar la provisión constante de dinero en efectivo en los cajeros automáticos de la provincia, y en cumplimiento de disposiciones emanadas de la Defensoría del Pueblo de la Nación, la Dirección Provincial de Comercio envió hoy sendas comunicaciones a las sucursales locales de entidades bancarias, a fin de que éstos arbitren las medidas necesarias para garantizar este servicio durante las celebraciones de fin de año. Si bien la referencia es al fin de semana largo en que culminará el presente año, según lo informado desde Comercio, la solicitud es para que el servicio sea prestado en forma constante todos los días.

La nota, firmada por el director del organismo Efraín Nieva y dirigida a los gerentes de sucursal, consigna que -como es de público conocimiento- “en las pasadas festividades de Navidad la mayoría de los cajeros automáticos de nuestra Provincia quedaron fuera de servicio por indisponibilidad de efectivo, lo que ocasionó serios inconvenientes a los usuarios del sistema”.

En la misiva, se aclara que el pedido surge “a los fines de evitar que estos inconvenientes se repitan en el futuro”, por lo que “se requiere la aplicación de medidas directas y eficientes para evitar sumarios administrativos y sanciones por violación a los derechos de los consumidores”.

Otro de los aspectos resaltados por Comercio -a cuyo cargo se encuentra el área de Defensa del Consumidor, que trabaja articuladamente con Defensoría del Pueblo de la Nación- es que la mayoría de los usuarios del sistema de cajeros automáticos  “son asalariados o beneficiarios de planes Trabajar”.

La Dirección Provincial de Comercio es, en el ámbito de la jurisdicción de Catamarca, autoridad de aplicación de la Ley Nacional Nº 24.240 de Defensa del Consumidor, que expresamente establece en su artículo 19º que “Quienes presten servicios de cualquier naturaleza están obligados a respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias conforme a las cuales hayan sido ofrecidos, publicitados o convenidos”.

{adr}Y conforme a lo entiende el Defensor del Pueblo Eduardo Mondino, "los cajeros automáticos no son un servicio bancario, desde que se aprobó que los salarios se paguen por cuentas bancarias, sino que pasaron a ser un servicio público".

Los derechos de los consumidores y usuarios tienen raigambre constitucional al decir nuestra carta magna en su art. 42º que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno.

Como se sabe, en Catamarca, la gran mayoría de los usuarios cobra sus haberes y subsidios nacionales o provinciales, desde estas máquinas expendedoras de dinero.

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