Catamarca
Martes 07 de Mayo de 2024
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Se creó el Programa Tarifa de Interés Social

Mediante decreto Nª 338, el gobernador Eduardo Brizuela del Moral establece la creación del Programa de Tarifa de Interés Social (T.I.S) para los usuarios del servicio público de energía eléctrica en todo el ámbito de la provincia.
(DIARIOC, 14/03/2008) El instrumento legal invita a los municipios a adherir  a las disposiciones del mismo, pero con las excepciones al pago de tasas de alumbrado público y ocupación de espacio aéreo. También se invita al Ente Regulador de servicios Públicos y Otras Concesiones (En.Re.),   adherir a las disposiciones del decreto con la excepción al pago de la Tasa de Fiscalización.

Reglamento general de la tarifa

En las Disposiciones Generales se destaca, el objeto del reglamento es “regular el mecanismo de participación ciudadana  en la Tarifa de Interés Social”.
En tanto, indica que “esta Tarifa  constituye una herramienta valiosa para procurar disminuir las situaciones de exclusión y marginalidad, en la cual la autoridad responsable habilita a los ciudadanos de la provincia a un espacio institucional para que todo aquél que se encuentre en situación de necesidad pueda solicitar el beneficio”.
“Lo que se pretende es asistir a las familias de escasos recursos, a través de la reducción de los costos del servicio eléctrico en los hogares que se encuentren bajo la línea de pobreza, procurando lograr el uso racional del servicio  y conciencia de pago”.
En otro tramo de la disposición menciona que “El gobierno de la provincia otorga con esta nueva iniciativa,  el pago de un subsidio de hasta el 100 por ciento  del cargo fijo y el 20 por ciento del cargo variable, según el caso, hasta un límite de 300 Kwh por bimestre, a los usuarios con escasos recursos imposibilitados  de pagar el servicio eléctrico. La vigencia del subsidio será de 1 año y podrá ser renovado”.
Por último, menciona que “se pondrán a disposición de los interesados formularios que se podrán retirar de las oficinas del En.Re. y sus delegaciones en el interior de la provincias, la Secretaria de Desarrollo Social, oficinas comerciales de EDECAT S.A. y Municipios”.

Condiciones para acceder a la tarifa social

    * Pertenecer al Padrón de la Secretaría de Desarrollo Social de la provincia como beneficiarios de un Plan Social, Nacional o Provincial (Planes Jefes y Jefas de Hogar, vales pro familia, etc.)
    * Jubilados Nacionales o Provinciales que perciba el haber mínimo de jubilación.
    * Grupos Familiares (mínimo de cuatro personas) cuyos ingresos son iguales o menores al  salario mínimo vital y móvil o, cuya conformación se encuentre integrada con menores de catorce años o mayores de setenta, mujeres embarazadas, discapacitados o integrantes con patologías que impongan un tratamiento oneroso y crónico, madres solteras o monoparentales.
    * Consumo promedio de 75 Kw por miembro del grupo familiar, tomando el promedio de los últimos doce meses.

Documentación a presentar:

    * Certificación de inclusión en programas sociales nacionales o provinciales, expedido por el organismo otorgante del beneficio.
    * Certificación de haberes o recibo de jubilación o pensión, expedido por el organismo otorgante del beneficio.
    * Constancia de libre deuda con la Concesionaria o copia de suscripción al plan de regularización de dudas.
    * Documento Nacional de Identidad, de todos los residentes permanentes de la vivienda.
    * Factura del servicio en caso de ser usuario.

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