Catamarca
Martes 23 de Abril de 2024
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Simón Hernández

Se pretende crear un proyecto para perros peligrosos

El presidente del Concejo Deliberante de la Capital, Simón Arturo Hernández, presentó un proyecto de Ordenanza denominado “Régimen de Tenencia de Perros Potencialmente Peligrosos”. Algunos de ellos: pitbull terrier, dogo argentino, akita inu, filabrasileño, american staffordshire, doberman, dogo de Burdeos, bullmastif, mastín napolitano, bull terrier, presa canario, rottweiler, tosa japonés.
(DIARIOC, 14/02/2008) El proyecto tiene como objetivo, regular la tenencia de aquellos perros que por su contextura física y temperamento puedan resultar potencialmente peligrosos, para hacerla compatible con la seguridad de personas, bienes y otros animales en el ámbito de la ciudad.

En tal sentido, se tomó como antecedentes normativos, las ordenanzas de las ciudades de Rafaela, Salta y La Plata, y las inquietudes planteadas por los integrantes de la Asociación Protectora de Animales de Catamarca.

En las disposiciones generales de la iniciativa que ingresó para su análisis, se define “perros potencialmente peligrosos”, aquellos que pertenezcan a las razas: pitbull terrier, dogo argentino, akita inu, filabrasileño, mastif, american staffordshire, staffordshire bull terrier, doberman, dogo de Burdeos, bullmastif, mastín napolitano, bull terrier, presa canario, rottweiler, tosa japonés

La normativa contempla, las medidas de seguridad por parte de los propietarios de los animales, tanto en la vía pública como en el domicilio de los mismos. No obstante, como condición indispensable para la tenencia, “los propietarios de los animales y los dueños de establecimientos que los alberguen y se dediquen a su cría, comercialización o adiestramiento, deberán contratar un seguro de responsabilidad civil, que cubra la indemnización de los daños que los mismos puedan provocar”, establece el proyecto.

En cuando a la responsabilidad de las asociaciones caninas y criaderos, se exige que soliciten en el marco de sus reglamentos, las pruebas de socialización correspondientes a cada raza, con el fin de que sólo se admitan para la reproducción aquellos animales que superen esas pruebas satisfactoriamente.

{adr}Respecto a la circulación de los animales “potencialmente peligrosos”, se prohíbe  que se circule por la vía pública con más de dos (2) de ellos a la vez; e incluso que “toda persona que circule con un perro, deberá hacerlo con los elementos de recolección de heces correspondientes”.

Por otra parte, Hernández señaló que “la Autoridad de Aplicación de esta norma (Departamento de Zoonosis y Control Animal bajo la órbita de la Dirección de Policía Municipal dependiente de la Secretaría de Gobierno y Coordinación), deberá implementar un Registro Central Informatizado en el que se hará constar cualquier incidente producido por los canes a lo largo de su vida y denunciado por aquellos que hayan resultado víctimas de los mismos y/o por las autoridades competentes; a cuyo efecto se labrará para cada uno de ellos uno hoja registral en la que constarán los datos del propietario o tenedor, las características zootécnicas del animal que hagan posible su identificación y el lugar habitual de residencia del mismo, dicha hoja se cerrará con su muerte”.

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