Catamarca
Jueves 25 de Abril de 2024
Buscar:

Proponen el reconocimiento de las Escuelas Hogar como instituciones escolares de Educación General Básica

A través de un proyecto de ley que recientemente tomó estado parlamentario en la XVIII sesión de la Cámara de Diputados se impulsa el reconocimiento de las Escuelas Hogar como instituciones escolares de Educación General Básica(EGB) y a su personal docente con idénticos deberes y derechos a los establecidos en el Estatuto del Docente Provincial-Ley 3122 y sus modificatorias.

A través de un proyecto de ley que recientemente tomó estado parlamentario en la XVIII sesión de la Cámara de Diputados se impulsa el reconocimiento de las Escuelas Hogar como instituciones escolares de Educación General Básica(EGB) y a su personal docente con idénticos deberes y derechos a los establecidos en el Estatuto del Docente Provincial-Ley 3122 y sus modificatorias.

Al fijar la modificación del artículo 79º de la citada norma, la propuesta es que la nueva redacción estipule que el escalafón del personal docente de las escuelas primarias comunes, de educación diferenciada, de adultos y de jornada completa, comprenda en escuelas comunes al maestro, maestro secretario, director de tercera categoría o director de cuarta categoría; director de segunda categoría o vicedirector de primera categoría; director de primera categoría; supervisor de zona; supervisor secretario técnico de supervisión general y supervisor secretario docente de supervisión general; supervisor general y secretario general del Consejo de Educación.

Las escuelas de educación diferenciada y de adultos, incluyen al maestro o maestro secretario, vicedirector, director y supervisor técnico de educación diferenciada y de adultos. En tanto que para escuelas de jornada completa se contempla al maestro o maestro secretario, vicedirector, director y supervisor técnico de escuelas de jornada completa. En estas escuelas, según la iniciativa, podrán existir también cargos de gabinetistas, dietista, asistente de servicio médico, ecónomo, celadora, etc.

A su vez, las escuelas hogar abarca al maestro, sub-regente, regente, secretario técnico, vicedirector y director. En estas escuelas -indica el proyecto- podrán existir también cargos de docentes de apoyo y complementarios (educación artística, tecnológica y física, jefe de servicio social, asistente social, preceptores y otros).

El proyecto fue presentado por la diputada Marta Grimaux de Blanco(FCyS) y se encuentra para su estudio en la comisión de Cultura y Educación.

{adr}Grimaux de Blanco, en los fundamentos de la iniciativa, menciona que la Constitución Provincial, en su artículo 275º, preceptúa que el Estado provincial garantiza al trabajador docente de los establecimientos públicos estatales su jerarquización profesional y socioeconómica mediante el reconocimiento de los deberes, derechos y funciones que establezca el Estatuto del Docente. Asegura condiciones de ingreso, ascensos, estabilidad, egreso y los requerimientos del sistema educativo en cuanto a la formación y capacitación docente.

“Para dar cumplimiento a esta determinación constitucional es menester que todos los docentes y los establecimientos escolares donde se imparta educación estén contemplados en el Estatuto del Docente provincial, caso contrario estaremos privando de legítimos derechos a trabajadores docentes de nuestra provincia”, observó la legisladora.

En estas aseveraciones iniciales encuentra razonada justificación el proyecto de ley que presenta, señalando que“a más de cincuenta años de haberse inaugurado en Catamarca las Escuelas Hogar y cumpliendo, desde entonces, con una labor que fue creciendo con el tiempo en importancia para un vasto sector de la comunidad, son hoy una realidad necesaria e insustituible para la formación integral de niños que se encuentran en situaciones de alto riesgo social”

Al hacer un poco de historia, recordó que la Escuela Hogar Nº 601 de Capital, inició sus obras de construcción el 26 de octubre de 1948, y fue inaugurada oficialmente con el nombre de "17 de Octubre" el 6 de junio de 1950. En 1958 cambió su denominación por la de "Fray Mamerto Esquiú". Luego fue intervenida en junio de 1974, por resolución 1988. Reconocida como escuela común de jurisdicción nacional fue transferida a la provincia en 1978 cuando ésta se adhiere a la ley nacional 21809, mediante ley 3345. En los años 1994/95 se la recategorizó a primera categoría, y en oportunidad de celebrarse sus Bodas de Oro, en el 2000, se realizaron importantes refacciones a su infraestructura edilicia.

Según especifica la legisladora en su proyecto, la aludida unidad escolar actualmente cuenta con una población escolar, entre pupilos y medios pupilos, de alrededor de 500 alumnos, distribuidos en los diferentes ciclos de la Enseñanza General Básica. Además, su Planta Orgánica Funcional está conformada por seis cargos de conducción, 44 maestros de grado, quince cargos docentes de apoyo y complementarios y setenta cargos no docentes. Su modalidad es común.

La diputada frentista remarcó que“ante esta realidad, que es incuestionable, no se admite que las Escuelas Hogar de Catamarca, tanto la de Capital como la de Icaño, aún hoy no estén reconocidas expresamente en la legislación provincial vigente como instituciones educativas”

“Así, las Escuelas Hogares no están contempladas ni en el Estatuto del Docente Provincial, ley 3122, ni tampoco en la Ley General de Educación y Cultura 4843, aplicándoseles en consecuencia, hasta ahora, por extensión interpretativa, las normativas antes mencionadas, en virtud de que su desempeño corresponde a la modalidad de escuelas comunes, como lo establece taxativamente el artículo 13º del Reglamento de Funcionamiento de las Escuelas Hogar, aprobado por el Consejo Nacional de Educación el 20 de abril de 1964, el que se encuentra vigente en su totalidad”, amplió.

“Resulta entonces que no existe legislación provincial sobre esta modalidad de escolaridad primaria o, conforme los nuevos términos, de Educación General Básica. Del mismo modo, las Escuelas Hogar al no figurar en el Estatuto del Docente Provincial como instituciones, de hecho, los docentes que se desempeñan en ellas tampoco son mencionadas en la ley 3122 ni en su reglamentación. Nadie duda hoy que las Escuelas Hogar y sus docentes tienen existencia real, administrativa, pedagógica y socialmente”, acotó.

Asimismo, reparó en que las unidades escolares de Capital e Icaño“se rigen, en la actualidad, por tradicionales y viejas reglamentaciones nacionales y normas legales provinciales que no legislan para sus modalidades escolares específicamente, ya que no están contemplados expresamente en ninguna ley provincial vigente, como ya lo consignamos en consideraciones precedentes”

Para abundar en su fundamentación hizo hincapié, como un elemento más a tener en cuenta para el reconocimiento de los docentes de las Escuelas Hogares en que,“aún sin estar incluidos en el Estatuto Docente, están contemplados en la ley 3854 que dispuso un incremento de remuneraciones y modificó los índices docentes en concepto de asignaciones del cargo, dedicación exclusiva, dedicación funcional y complementos, y en las planillas anexas se consigna, en varias partes, los cargos de Vicedirector  de Escuela Hogar de 2º, Jefe de Servicio Social de Escuela Hogar, Maestro de Grado de Escuela Hogar, Personal Docente de Escuelas Hogares de Jornada Completa y de Frontera, etc.”

Finalmente, consignó que“resulta evidente el reconocimiento de la existencia del personal docente de las Escuelas Hogares que, aún sin estar expresamente incluidos en la ley 3122, son mencionados en una norma posterior, la ley 3854”


(Se ha leido 1887 veces.)

Se permite la reproducción de esta noticia, citando la fuente http://www.diarioc.com.ar

Compartir en Facebook

Más Noticias:

22-12-2022 Se lanzó la Especialización en Industria y Sistemas Aeroespaciales de la UBA
05-08-2021 La UNCA elegida en primer lugar en evaluación nacional
16-05-2021 NoaTech, el equipo de Catamarca que busca llegar al mundial de robótica, se prepara para el próximo desafío
30-04-2021 Retorno de clases presenciales
26-03-2021 Comienza capacitación docente en la programación y su didáctica
20-02-2021 Cómo un videojuego puede acompañar a los chicos en el aprendizaje de la lectura
19-02-2021 Aclaran y amplían detalles sobre nuevas carreras en Tecnología
18-02-2021 La Facultad de Tecnología de la UNCA suma dos nuevas carreras
01-09-2020 La programación, una herramienta valiosa en la planificación docente
02-04-2020 MINISTERIO DE EDUCACIÓN | Ningún alumno de escuelas de Gestión Privada podrá ser excluido por falta de pago de las cuotas
Sitemap | Cartas al Director | Turismo Catamarca | Contacto | Tel. (03833) 15 697034 | www.diarioc.com.ar 2002-2024