Este año, la Comisión evalúa denuncias a nueve países sobre incumplimiento del Convenio 87 de libertad sindical, en el que está implícito el derecho de huelga, que el Grupo de Empleadores considera debe estar sujeto a reglamentaciones nacionales y el Grupo de Gobiernos sostiene que cualquier controversia sobre sus alcances debería ser dirimida en tribunales internacionales.
El Grupo de Trabajadores, en tanto, procura que para tratar cuestiones sobre el derecho de huelga se tome en cuenta un informe del Comité de Expertos, asesor de la Comisión de Normas, que ofrece especificaciones sobre sus alcances y modalidades, es decir, que sean los órganos de la OIT la autoridad de aplicación de ese derecho.
La Comisión de Aplicación de Normas se encaminaba de esta manera a no poder producir en los nueve casos del Convenio 87 los históricos dictámenes de consenso entre los tres grupos y, de manera poco usual, tener que someter las denuncias a la votación en el plenario general.
"El elemento conciliatorio para salvar estos casos es incorporar a las conclusiones el texto ´respecto del derecho de huelga, no se considera en razón de la oposición del Grupo de Empleadores a que el Convenio 87 lo comprenda´", indicaron a Télam fuentes gremiales de la Comisión.
En cuanto a si esa fórmula implica que se haya impuesto la posición de los empleadores, las fuentes indicaron que el grupo prefirió no manifestar en las conclusiones su postura como una forma de "dejar en evidencia ante el mundo que quienes no quieren conciliar son ellos".
"Esa fórmula es transitoria" y, en los casos de los próximos años en los que se denuncien violaciones al derecho de huelga, "es probable que el tema vaya a la Corte Internacional de Justicia (con sede en La Haya), para lo que se requiere una mayoría especial en el Consejo de Administración o un pedido de uno de los gobiernos, que es lo mismo que decir ¿quién le pone el cascabel al gato?", consideraron.
Sobre la posibilidad de una solución de fondo dentro de la OIT, las fuentes se refirieron a la creación de una Corte tripartita, contemplada en la Constitución del organismo laboral.
Sin embargo, resaltaron que hubiera sido importante una conclusión de la OIT sobre los alcances del derecho de huelga, ya que con la intervención del organismo de las Naciones Unidas "en ciertos países se puede frenar un poco la acción represiva de los gobiernos", como en Guatemala, donde hubo varios dirigentes sindicales asesinados, situación por la que ese Estado fue incorporado a la lista de los cuestionados por el Convenio 87.
La Comisión de Aplicación de Normas culminará mañana el análisis sobre los 25 casos de la lista de países denunciados para elevarla luego al plenario general el próximo jueves, cuando concluirá la 102º Conferencia.
Fuente: Télam