Catamarca
Jueves 28 de Marzo de 2024
Buscar:

Diputados

Comenzó análisis del proyecto de ley para sancionar la violencia laboral

En la comisión de Legislación Social y del Trabajo de la Cámara de Diputados, ha comenzado a ser analizado el proyecto de ley, presentado por el diputado Fidel Sáenz(DPJ), que tiene por objeto definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejerza sobre quienes realizan sus actividades en el contexto de una relación laboral desempeñada en el ámbito de los tres poderes del Estado provincial, municipal, entes autárquicos y descentralizados, empresas con participación accionaria del Estado, provinciales y municipales. Serán bienes jurídicamente protegidos por la ley el trabajo en condiciones dignas y justas, la libertad, la intimidad, la honra y la salud física y mental de los trabajadores del sector público y la armonía entre quienes comparten un mismo ambiente laboral.
La iniciativa, establece que la ley será de orden público y comprenderá a los funcionarios de los tres poderes del Estado, a los integrantes de la Corte de Justicia y demás magistrados, integrantes del Ministerio Público, diputados, senadores, intendentes y concejales de municipios que no posean carta orgánica, personal de planta permanente y no permanente, becarios, pasantes y contratados por locación de obras o de servicios de cualesquiera de los poderes del Estado provincial o municipal, sus entes autárquicos y descentralizados.

Caracteriza a la violencia laboral como la acción persistente y reiterada de funcionarios y empleados que, valiéndose de su posición jerárquica o circunstancias vinculadas con su función, incurran en conductas que generen por cualquier motivo violencia psicológica en el lugar de trabajo, la que abarca desde el acoso moral, psicológico, sexual, injurias, malos tratos y hasta discriminación, cuyo resultado genere un ambiente de trabajo hostil que llegue en ocasiones a tornar imposible la prosecución de la relación laboral. Ubica específicamente como tipos de violencia laboral al maltrato psíquico y social, acoso sexual, trato discriminatorio e inequidad salarial. Las conductas así definidas serán sancionadas con suspensión de diez a sesenta días sin percepción de haberes, cesantía o exoneración. A los fines de la aplicación de tales sanciones se deberá tener en cuenta la gravedad de la falta y los perjuicios ocasionados.

Toma en cuenta la denuncia de hechos falsos e inexistentes, los cuales serán objeto de aplicación de las correspondientes sanciones, como también refiere sobre la difusión de los alcances de esta ley, facilitándosele al personal información acerca del procedimiento a seguir, los medios de prevención, los mecanismos de denuncia y los organismos especializados en la materia que pueden ofrecerle apoyo. Señala que los tres poderes del Estado provincial, municipalidades, entidades descentralizadas, autónomas y autárquicas, deberán mantener el ámbito de trabajo libre de conductas que signifiquen violencia laboral mediante la implementación de reglamentaciones que prevengan, desalienten y eviten esas conductas.

{adr}En ese plano, fija que los ministerios de Salud Pública y de Gobierno y Justicia, en forma conjunta, coordinarán acciones a fin de elaborar políticas preventivas sistemáticas, integradas, sensible al género, no discriminatorias y elaboradas y aplicadas con la participación de los trabajadores y sus representantes; y deberán realizar estudios y diagnósticos de los riesgos de la violencia laboral y encuestas periódicas, entre otras medidas, destinadas a la prevención de la violencia laboral.

La propuesta legislativa, que también se encuentra radicada en la comisión de Legislación General, invita a adherir a los municipios con carta orgánica, y también hace lo mismo con las organizaciones sindicales y cámaras empresariales a que incorporen los principios inspiradores del proyecto de ley a las actividades laborales que se desarrollen en el ámbito del sector privado.

El articulado dispone, además, que si la denuncia fuese dirigida en contra de un ministro del Poder Ejecutivo o secretario de Estado, dependiente directamente del gobernador, el trámite se iniciará por ante la Cámara de Diputados y se le dará al mismo el previsto en el procedimiento establecido para el juicio político. En cambio, si la denuncia fuese dirigida en contra de un funcionario distinto o un agente, el trámite se iniciará por ante el funcionario de mayor jerarquía, ya sea ministro o secretario de Estado del área.-
Si la denuncia fuese dirigida en contra de funcionarios, magistrados o miembros del ministerio público que necesiten acuerdo del Senado para su designación, el trámite se efectuará por ante la Secretaría de Superintendencia de la Corte de Justicia. Si, por esa vía, se acreditase que la falta cometida se encuentra entre las previstas en los artículos 10°, 11° y 12° de la ley 4247, se remitirán los antecedentes al Jurado de Enjuiciamiento a los fines de sustanciar el proceso establecido por dicha norma, más allá de las sanciones que, por aplicación de la ley, le pudieran corresponder.

Si la denuncia fuese dirigida en contra de un agente del Poder Judicial, el trámite se sustanciará por ante la secretaría de Superintendencia de la Corte de Justicia y si la denuncia fuese dirigida en contra de un integrante de la Corte de Justicia, la misma será presentada en mesa de entrada de la Cámara de Diputados, tomará estado parlamentario en la siguiente sesión a la de su presentación, se girará a la comisión de Asuntos Constitucionales, Judiciales y de Juicio Político, para continuar luego con el trámite previsto por el artículo 76° y concordantes de la Constitución Provincial.

Si la denuncia fuese dirigida en contra de un agente del Poder Legislativo Provincial, el trámite se sustanciará por ante la Secretaria Administrativa de la Cámara que se trate.
Cuando sea en contra de un funcionario designado por el pleno de cada Cámara legislativa, ingresará por mesa de entradas y salidas, tomará estado parlamentario en la próxima sesión a la de su presentación, y será girada sin mas trámite a la comisión de Asuntos Constitucionales, Judiciales y de Juicio Político, la que luego de su examen deberá emitir despacho para continuar su tratamiento en el recinto por ante el pleno de la Cámara que se trate, a los fines de la aplicación de la sanción o eximición de ella. Para el caso de un diputado o senador, el trámite será en idéntica forma, debiéndose observar, a los fines de la aplicación o eximición de sanción, las prescripciones del articulo 95° y concordantes de la Constitución de la provincia.

Si la denuncia fuese dirigida en contra de un intendente o secretario, cuyo municipio tuviese Consejo Deliberante, la misma se radicará por mesa de entradas de dicho cuerpo, tomará estado parlamentario en la sesión siguiente a la de su presentación y se girará a la comisión que le corresponda dictaminar en todo asunto que se refiera a la conducta que deban observar tanto el intendente como los secretarios del Ejecutivo municipal.

Si la denuncia fuese dirigida en contra de un intendente, cuyo municipio no tuviere Concejo Deliberante, la misma se tramitará ante el subsecretario de Asuntos Municipales de la provincia, y cuando fuese en contra de un concejal municipal será presentada ante la mesa de entradas del Concejo Deliberante, tomará estado parlamentario en la próxima sesión a la de su presentación y será girada a la comisión que le corresponda dictaminar en todo asunto que se refiera a la conducta que deban observar los integrantes del cuerpo, la que emitirá un dictamen de comisión que luego será tratado por el pleno del cuerpo a los fines de la aplicación o eximición de la sanción que le pudiere corresponder.

(Se ha leido 1411 veces.)

Se permite la reproducción de esta noticia, citando la fuente http://www.diarioc.com.ar

Compartir en Facebook

Más Noticias:

28-03-2021 Asumieron las nuevas autoridades del Partido Movilización
15-11-2019 Encuesta: la mayoría cree que Vidal relevará a Macri en el liderazgo de Cambiemos
27-09-2019 Sólo el 18% cree que Macri puede reducir la ventaja que le sacó Alberto Fernández en las PASO
15-09-2019 Proponen que el Estado no celebre concursos de belleza
02-05-2019 Denett criticó a Carrió por señalar a Catamarca como parte de una ruta de droga
10-04-2019 La senadora Blas participó de la reunión con Lavagna
09-04-2019 Secuestran ciento cuarenta y cinco vehículos en puestos camineros de Ambato, Valle Viejo, Capayán y Capital
04-04-2019 El peronismo de Paclín trabaja de cara a las elecciones
31-12-2015 "Hoy termina la guerra contra el periodismo"
28-12-2015 DECLARACIONES EN TWITTER | Aníbal Fernández: “Tienen que aparecer vivos los prófugos”

Sitemap | Cartas al Director | Turismo Catamarca | Contacto | Tel. (03833) 15 697034 | www.diarioc.com.ar 2002-2024