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SANTA MARÍA

Concejales buscan frenar el consumo de alcohol en menores

Desde el Concejo Deliberante el cuerpo de concejales en su totalidad, buscan generar un apoyo legal a fin de frenar el abuso en el consumo de alcohol en menores.
(DIARIOC, 19/09/2011) Teniendo en cuenta diferentes leyes y ordenanzas preexistentes, las medidas serán mucho más severas para quienes caigan en infracción llegando en casos reiterativos a la clausura definitiva del comercio.

Al respecto el edil Antonio Camposano comentó, “en la última sesión se aprobó la Ordenanza Nº 14, esta Ordenanza es un compilado de ordenanzas anteriores y apunta a trabajar sobre la venta de bebidas alcohólicas a menores ya que nuestra sociedad está sufriendo un flagelo muy fuerte con respecto al alcoholismo en menores y vemos que comerciantes inescrupulosos, por ganar, le venden a los menores para su consumo o también vemos que los mismos padres mandan a sus hijos a comprar bebidas alcohólicas todos los días creando en ellos una conciencia de que, al comprar bebidas alcohólicas es normal y corriente el consumirlas.

Creo que esto hay que empezar a frenarlo desde los comerciantes, crear conciencia en ellos, que cuando se le presente un niño a comprar bebidas alcohólicas lo único que tiene que hacer es decirle “no yo no te puedo vender decile a tus padres que vengan ellos a comprar” eso es lo único que tiene que hacer el comerciante y los padres tomar conciencia también de que están enfermando a sus hijos con esto tan grave que es el alcoholismo”, indicó Camposano.

Dicha ordenanza toma como referencia los diferentes documentos legales y es taxativa en las consecuencias de quien no la respete.

La Ordenanza N° 14/2011 expresa en sus Artículos la prohibición de suministro gratuito u oneroso de bebidas alcohólicas a menores de 18 años. Establece el horario de 20.00 a 01.00 para el funcionamiento de matiné para chicos de entre 13 y 17 años donde queda totalmente prohibida la venta de bebidas alcohólicas, energizantes y cigarrillos. En tanto el horario para boliches bailables será de 01.00 a 05.00 de la mañana no pudiendo ingresar menores de 18 años. La venta de bebidas alcohólicas se podrá realizar solo hasta las 04.00 horas.

El horario para drugstores, maxi kioscos, heladerías, bar al paso, kioscos, despensas y polirubros se establece de 08.00 a 01.00 de la madrugada y la venta de bebidas alcohólicas se podrá realizar solo hasta las 24.00 horas.

Queda prohibido la promoción de ingesta de alcohol por medio de su promoción, por competencias, canilla libre, o similares. La aplicación de estos artículos, también queda sujeta a asociaciones, clubes y entidades de bien público que realicen reuniones, actos o espectáculos con carácter de diversión pública.

Las sanciones a los infractores serán las siguientes:

Primera infracción: se notificará el incumplimiento dejándose copia del instrumento.
Segunda infracción: se labrará el acta de infracción correspondiente con la imputación de una sanción de un valor de 100 litros de nafta super.

Tercera infracción: se procederá a clausurar 30 días el local comercial y en el caso de vendedores ambulantes se les retirará el carnet sanitario y la imputación de una infracción equivalente al valor de 200 litros de nafta super para ambos casos.

Cuarta infracción: se procederá a la clausura del local comercial por el término de 2 años y en el caso de vendedores ambulantes la inhabilitación por la misma cantidad de tiempo, incorporando al infractor en un registro de reinicidentes en el Juzgado de Faltas.

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