Catamarca
Lunes 03 de Junio de 2024
Buscar:

Receso administrativo de Enero de 2010 para la Municipalidad de la Capital

El intendente de la Municipalidad de Catamarca, Ricardo Gaspar Guzmán, en acuerdo de secretarios, decretó disponer receso administrativo y funcional durante el mes de Enero de 2010, en todo el ámbito de la Administración Municipal. Se declararon inhábiles administrativos, los días comprendidos en el citado mes, a los fines del cómputo de los términos procesales; esto último sin perjuicio de la validez de los actos que pudieren ejecutarse o cumplirse durante ese período.
(DIARIOC, 30/12/2009) Se exceptúa de las disposiciones del Art. 1º, a la Dirección de Rentas Municipal y se faculta al titular del organismo citado a suspender las licencias mientras duren las tareas que resulten impostergables.

Asimismo, se concede la licencia anual ordinaria al personal de la Administración Municipal, a partir del 4 de enero de 2010, con la excepción del personal que resulte necesario afectar a la prestación de servicios esenciales y a guardias mínimas para cumplimiento de las tareas consideradas indispensables e impostergables, autorizándose al titular del organismo del que dependan para que, mediante los respectivos actos administrativos, proceda a la suspensión de las licencias hasta la finalización de dichas tareas.

De acuerdo con el Decreto Acuerdo Nº 1009, el personal que tenga pendiente de otorgamiento o goce de licencia anual ordinaria por haber sido debidamente denegada o suspendida total o parcialmente por razones de servicio, sin excepción, hará uso primero de la más antigua y adicionará en forma inmediata la siguiente, a partir del 4 de Enero de 2010.

Durante el periodo de receso, el horario a cumplir por el personal de la Administración Municipal, será exclusivamente en turno matutino, con excepción de las áreas ya mencionadas, en las que los titulares de los organismos articularán los horarios a fin de asegurar la adecuada cobertura de dichos servicios esenciales.

En el caso de aquellos agentes en que la percepción de adicionales, incentivos o cualquier otro haber se encuentre condicionada al cumplimiento de carga horaria adicional, el horario de dicha prestación será fijado por el titular de la dependencia de que se trate.

Los titulares de los organismos, deberán abstenerse de instrumentar horarios que den como resultado una menor carga horaria a la establecida.

El Decreto está firmado por el intendente, Ricardo Gaspar Guzmán y los secretarios de Gobierno, Juan Carlos Cerezo; de Hacienda, Daniel Castillo; de Planificación, Obras y Servicios Públicos, Marcelo Mari; de Salud, Lía Herrera de Bizotto y de Cultura, Educación y Deporte, Graciela Zanotti de Marcolli.

(Se ha leido 103 veces.)

Se permite la reproducción de esta noticia, citando la fuente http://www.diarioc.com.ar

Compartir en Facebook

Sitemap | Cartas al Director | Turismo Catamarca | Contacto | Tel. (03833) 15 697034 | www.diarioc.com.ar 2002-2024