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Viernes 04 de Julio de 2025
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Se podrán consultar las deudas ante el RENATRE a través de la web

El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) informa que, siguiendo con la política tendiente a facilitar y acelerar los trámites que se deben realizar ante el Registro, ya se logró implementar el Sistema de Consulta de Deuda e Impresión de Boleta de Pago On Line.
Esta nueva modalidad, la cual se ejecuta a través del sitio web del RENATRE (www.renatre.org.ar) y no reviste ningún costo extra, le otorga a los empleadores la posibilidad de consultar su estado de deuda y de imprimir una boleta con la que podrá hacer efectivo el pago en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y regularizar su situación.
El Directorio del Registro aprobó este beneficio a través de la Resolución RENATRE Nº 2213/2007, publicada en el Boletín Oficial Nº 31.292 del 29 de Noviembre de 2007. Esta nueva variable se enmarca dentro de una serie de medidas pensadas para agilizar los trámites que los empleadores deben realizar ante el RENATRE ya que no necesitarán recurrir a las dependencias del Registro para obtener esta documentación.
Ingresando en el sitio web del Registro, se debe clickear sobre la opción Sistema de Consulta de Deuda por Mora. Una vez allí, se pueden observar los campos CUIT e EMAIL (es optativo), donde se deben colocar estos datos correspondientes al empleador para luego pulsar la opción Mostrar Resumen. Se desplegará un cuadro con los períodos en los que existen deudas y el interesado podrá imprimir las boletas de pago de los períodos que deba abonar. El sistema imprimirá dos boletas, una le corresponde al Banco y la otra el empleador.
Se aclara que el saldo de deuda que exhibe la consulta surge de la falta de pago en tiempo y forma de la cotización con destino al RENATRE por parte del contribuyente, aún cuando esta haya sido declarada oportunamente ante la AFIP mediante el Formulario 931. Es decir que, por el momento, la boleta que se imprime contiene el capital adeudado y los intereses generados por éste al momento de la consulta, no incluyendo los intereses correspondientes al pago fuera de término.

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