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Restringen gastos en el Concejo Deliberante de la Capital

El Presidente del Concejo Deliberante de la Capital, Dr. Simón Arturo Hernández, decretó en la jornada de hoy medidas para la contención de los gastos efectuados por el Cuerpo, que serán de aplicación obligatoria para todas las erogaciones que se tramiten en el organismo.
(DIARIOC, 31/03/2009) El mismo concuerda con el Decreto Acuerdo provincial Nº 252/09 de fecha 20 de marzo, por medio del cual el Gobernador de la provincia, Ing. Eduardo Brizuela del Moral, estableció “las medidas para la contención del gasto público, en atención a la situación generada por la crisis financiera internacional y su repercusión en el ámbito nacional y provincial”.

Vale consignar que el Decreto Acuerdo provincial menciona como principal efecto de la crisis “la reducción en el crecimiento de la recaudación, como consecuencia de una merma en la actividad económica y el consumo; repercutiendo en el presupuesto provincial, por lo que se entendió necesario abordar políticas de contención, control y reducción del gasto público que aseguren el manejo ordenado de las finanzas públicas y que posibiliten establecer un horizonte de previsibilidad en el accionar económico y financiero del Estado, respondiendo a los principios de eficiencia y eficacia”.

En razón de ello, Hernández planteó que el Concejo Deliberante “no se encuentra ajeno a las repercusiones de la crisis así planteada” por ello “se torna necesario establecer para su ámbito de actuación, medidas similares a las fijadas en el ámbito de la administración pública provincial, arbitrando las medidas tendientes a alcanzar una mayor austeridad, control y agilización en los gastos del Cuerpo”, agregó.

Los ajustes

El Decreto del Concejo Deliberante señala respecto a bienes de consumo y servicios no personales, que “todo trámite de contratación que tenga por objeto la adquisición de bienes de consumo y servicios no personales, queda limitado a aquellos que se realicen para la adquisición de bienes y servicios indispensables a efectos de garantizar el normal funcionamiento de los servicios esenciales del organismo”. En cuanto a la adquisición de diarios, revistas, folletos y publicaciones periódicas, “quedan limitadas para aquellas dependencias que por la naturaleza de sus funciones requieran contar con las mismas”, como así también la adquisición de uniformes para el personal del organismo, “quedan limitadas exclusivamente al personal de maestranza”.

En cuanto a los vehículos oficiales, “tendrán un uso restringido y se utilizarán sólo en cumplimiento de misiones oficiales”. “La adquisición de combustibles, lubricantes, repuestos, accesorios, servicios de limpieza, mantenimiento, reparación, y todo otro gasto referente al cuidado de los vehículos oficiales, deberá realizarse con criterio restrictivo, y sólo en caso de que las necesidades de servicio así lo impongan”, detalla.

Respecto al uso de la telefonía fija de carácter oficial, “se restringirá a llamadas oficiales y por razones estrictamente necesarias”; y los gastos de publicidad y propaganda “se limitarán exclusivamente a aquellos establecidos por normas legales o reglamentarias”.

{adr}Los gastos en conceptos de pasajes, viáticos y toda erogación que se origine en comisiones de servicios de carácter oficial, “serán autorizados en forma restrictiva y exclusivamente si los mismos resultan indispensables para cubrir necesidades de servicio y/o funcionamiento del organismo”; y los gastos que se originen en concepto de ceremonial y protocolo, “quedan limitados a aquellos que surjan como consecuencia de la actividad propia del Concejo Deliberante y de sus autoridades”.

En relación a los bienes de uso, se expresa en el decreto que “sólo se realizarán aquellas obras que tengan asegurado su financiamiento, conforme al presupuesto vigente o las que deban realizarse en cumplimiento de convenios celebrados por el Cuerpo”; en tanto, “toda contratación que tenga por objeto la adquisición de bienes de capital, será autorizada por carácter restrictivo y, exclusivamente, si resulta indispensable para el funcionamiento del organismo y de dependencias”.

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