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Viernes 19 de Abril de 2024
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Jubilaciónes, la continuidad del Salario

Según los datos publicados recientemente por el diario Clarín, Jubilaciones y pensiones en nuestro país representan una importante suma en el Presupuesto Nacional —$ 26.000 millones anuales— pero a cada jubilado o pensionado, le toca apenas 600 pesos mensuales promedio. Lo cual representa apenas el 40% del sueldo de los trabajadores en blanco, aunque por los sucesivos aumentos de los haberes mínimos, el grueso de los jubilados —2,1 millones— ha quedado en esa franja y cobra $ 470.

Para el periodista Ismael Bermudez, su diagnóstico es la consecuencia de un deterioro que comenzó, dice, en los años 70 cuando los activos de las Cajas jubilatorias, entonces equivalentes al 50% del PBI, fueron rescatados por el Estado a una tasa excesivamente baja, vaciando así los fondos acumulados. También atribuye la crisis del sistema jubilatorio a la fuerte evasión en el pago de las contribuciones y aportes, el incremento del empleo en negro, la rebaja de las contribuciones patronales y el traspaso de los aportes al sistema privado que se creó en 1994 y por los períodos inflacionarios que azotaron al país y, en consecuencia, por la no aplicación de las actualizaciones que marca la legislación previsional.
En otro lado el informe del especialista, señala que el deterioro jubilatorio arranca con el primer haber, que se calcula según el sueldo promedio de los últimos 10 años, sin ningún ajuste por la variación de los precios o de los salarios. De esta manera es que el primer haber inicial se percibe hoy con un recorte que oscila el 25%, asegura Bermudez en su artículo

Por otro lado, y según la concepción de los derechos del trabajador, la jubilación es una sustitución del salario en la etapa pasiva, por lo tanto, debe cubrir ahora los riesgos propios de la ancianidad y la subsistencia. Al ser una "sustitución del salario" los haberes jubilatorios, comparten con éstos ciertos caracteres comunes como su calidad de "alimentario", su "intangibilidad", su "integralidad", su "irrenunciabilidad" entre otros. Al menos así lo declara la Convención Constituyente de 1957 en el art. 14 bis de la Constitución Nacional que contempla tanto a los derechos y garantías referidas al trabajo como a la Seguridad Social, indicando que: “El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable”, asignándole al Congreso de la Nación el poder de establecer el quantum de la movilidad de las jubilaciones y pensiones a través de la ley. Será justamente el carácter alimentario del haber previsional y la condición de sustitución, o mejor dicho la continuación del salario lo que establecerá el concepto y aplicación de movilidad. Dicho de otro modo, la movilidad será la relación proporcional entre el haber percibido en actividad y pasividad, tratando de mantener el mismo standard de vida en ambos periódos, como uno de los objetivos principales. Sobre éste último aspecto, el Ing. José Luis Molina, titular del Gremio docente Universitario de Catamarca y Secretario General de la Conadu Histórica, preocupado por ésta problemática, dedicó una explicación con respecto a la importancia que tiene “reclamar activamente en el presente, un salario digno acorde a la canasta familiar, en correspondencia con el carácter alimentario que éste tiene y que debe mantenerse en el tiempo, por tratarse de un medio de subsistencia. Ahora es cuando debemos intentar por todos los medios, conquistar un salario no solo acorde a las funciones en nuestra actividad, sino fundamentalmente sustentable en nuestra pasividad, aseveró Pero por sobre todo, dijo, demostrar que la problemática del régimen previsional actual no es un problema de la clase pasiva en particular, sino del conjunto de la clase trabajadora, es decir de la sociedad. Por eso es nuestra preocupación sobre este tema tan sensible, y por eso en nuestro programa de reivindicaciones sobresale el reclamo por un haber jubilatorio con movilidad del 85% para todos los trabajadores de las Universidades Nacionales, concluyò.

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