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FALLO JUDICIAL

La Corte Suprema decidió que Romina Tejerina seguirá presa

Es por el rechazo al recurso de queja interpuesto por la defensa. La joven, condenada a 14 años de prisión por el delito de homicidio agravado por el vínculo, mató a su hija recién nacida porque dijo que fue fruto de una violación.
(DIARIOC, 09/04/2008)La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó este martes la apelación presentada por la defensa de Romina Tejerina contra el fallo que condenó a la joven jujeña a 14 años de prisión, por el crimen de su hija recién nacida.

El fallo del máximo tribunal cierra definitivamente la vía de la apelación para conseguir una sentencia que le permita recobrar su libertad, antes de haber cumplido con las dos terceras partes de la condena.

En un acuerdo de ministros, la Corte desestimó por mayoría el recurso de queja presentado por los abogados Fernando Molinas y Mariana Vargas, que consideró arbitrario el fallo condenatorio de la Sala II de la Cámara Penal de la provincia de Jujuy contra Romina.

La Corte declaró "inadmisible" el planteo fundando su resolución en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, una norma que establece que "según su sana discreción" puede rechazar recursos cuando no se trata de un tema federal, la cuestión es insustancial o carece de trascendencia.

El voto que prevaleció fue suscripto por el presidente del máximo tribunal Ricardo Lorenzetti y los ministros Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi y Carmen Argibay, mientras que por la minoría votaron en disidencia Juan Carlos Maqueda, Eugenio Raúl Zaffaroni y Carlos Fayt.

Consultada por Télam, la abogada defensora Mariana Vargas, que todavía no está oficialmente notificada del fallo, sostuvo que de acuerdo a la información que ella tiene "no habría una fundamentación seria" para no fijar una reducción de la condena de Romina al mínimo de 8 años de prisión como lo establece el código penal para el delito de homicidio agravado por el vínculo.

Esto hubiera permitido que la joven obtenga su libertad en el mes de junio próximo.

De acuerdo a fuentes consultadas por Télam, dos ministros de la Corte votaron por la inadmisibilidad prevista por el artículo 280 y otros dos consideraron la misma norma, pero fundamentaron de modo más amplio su desestimación del recurso presentado por la defensa de Tejerina.

El 21 de febrero de 2003, Romina Tejerina, por entonces de 19 años de edad, mató de 17 puñaladas a la pequeña, nacida en el baño de su casa, a los seis meses de gestación y -según afirmó- resultado de la violación a la que la sometió un vecino, hecho que no pudo probar ante la justicia.

El 10 de junio de 2005, la justicia jujeña la condenó a 14 años de prisión. Vargas pidió la nulidad del fallo objetando "la pericia psicológica realizada por los peritos oficiales" y porque
no hubo argumentos sólidos "para descartar el brote psicótico, con lo que Romina debería haber sido absuelta".

{adr}Para la abogada, la joven "no diferenció entre el aborto que estaba intentando, con lo que ocurrió, que es el ataque a la beba recién nacida" y señaló que "ante la falta de diferenciación no se puede condenar".

Pero los jueces consideraron que "el actuar de Tejerina revela categóricamente su total conocimiento al momento del hecho de que su bebé había nacido con vida y descarta la supuesta existencia de un error inculpable de su parte" creyendo que realizaba un aborto, lo que tornó "claramente inadmisible el planteo de la defensa".

Al no obtener una modificación de ese fallo, al que consideró "injusto", Vargas presentó un recurso pidiendo inmediatamente la excarcelación de la joven y luego una reducción de la condena.

El caso llegó a la Corte Suprema de Justicia, que denegó este martes esa posibilidad y cerró la posibilidad de nuevas apelaciones, por lo que Tejerina seguirá en prisión.(Telam)

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