A través del Decreto Nacional Nº2243/02, el Gobierno Nacional, reactivó el mecanismo de pago de impuestos nacionales con títulos públicos, instrumentado desde el año pasado, por el entonces Ministro de Economía de la Nación, y suspendido en Septiembre de este año.
En tal sentido, queda suspendida por 90 días la vigencia del Decreto Caballo, que permitía que se liquidaran impuestos con títulos públicos, pero estableciéndose un cupo máximo de 80 millones de pesos mensuales durante este período. Cabe destacar, que hasta el mes de Agosto, el promedio mensual de recaudación mediante esta modalidad superaba los 250 millones de pesos.
En esta nueva operatoria podrán presentarse todos los contribuyentes del país, pero tendrán prioridad las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs). Es así que, para impedir que las operaciones se concentren en las grandes empresas, se dispuso que se tenga en consideración el porcentaje de pago de impuestos en efectivo de cada contribuyente, sin importar el monto y hasta completar el cupo mensual establecido.
A los títulos que ya estaban permitidos dentro del mecanismo de pago de impuestos con bonos se le incorporarán las Letras Externas de la República Argentina en Dólares Estadounidenses + 4,95% 2001-2004 y las Letras Externas de la República Argentina en Dólares Estadounidenses Badlar + 2,98% 2001-2004. (C.P.N: Juan Pablo Fripp).