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Lunes 24 de Agosto de 2026
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Impuestos

Ya no podrán usarse títulos de deuda para el pago de tasas

Buenos Aires, 6 de setiembre (Télam). Los títulos de deuda emitidos por el Estado argentino ya no podrán ser utilizados para la cancelación de obligaciones tributarias, según el decreto 1657/02, publicado este viernes en el Boletín Oficial.
Buenos Aires, 6 de setiembre (Télam). Los títulos de deuda emitidos por el Estado argentino ya no podrán ser utilizados para la cancelación de obligaciones tributarias, según el decreto 1657/02, publicado este viernes en el Boletín Oficial.
 
La norma establece que se suspende por 90 días la posibilidad de cancelar las cargas fiscales con títulos de deuda y remarca que el Palacio de Hacienda deberá definir durante ese plazo la continuidad o no de la medida.
En los considerados del decreto, el gobierno sostuvo que las normas dictadas en favor del uso de esos documentos no contemplaron "el sistema de programación financiera necesario para la afectación de los sucesivos ejercicios presupuestarios", afectando el ingreso de efectivo a las arcas del Estado. (Télam)

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