Mediante el instrumento, se solicita al Ejecutivo municipal que “verifique el cumplimiento de la Ordenanza N° 2937/95” y, llegado el caso, “aplicar la prohibición de circulación y las multas establecidas en la misma normativa”.
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03-08-2009 23:30
(Información Local)
CONCEJO DELIBERANTE Circulación en Peatonales del B° Libertador IIEn la 16ta. Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante capitalino, se aprobó una Comunicación iniciada por el Presidente del cuerpo, Simón Arturo Hernández, en la que se solicita dar cumplimiento a la Ordenanza N° 2937/95. En la misma se permite a los vecinos frentistas de las peatonales internas de Barrio Libertador II (Mil Viviendas) y poseedores de vehículos, el ingreso hasta sus domicilios, siempre y cuando cuenten con un lugar para el estacionamiento del mismo.
Mediante el instrumento, se solicita al Ejecutivo municipal que “verifique el cumplimiento de la Ordenanza N° 2937/95” y, llegado el caso, “aplicar la prohibición de circulación y las multas establecidas en la misma normativa”.
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