Catamarca
Martes 09 de Junio de 2026
Buscar:
 (Información Local)

Comercios de indumentaria deben adecuar sus probadores para discapacitados

El Concejo Deliberante de la Capital recuerda a la ciudadanía en general, la vigencia de la Ordenanza N° 3969/05 que exige a locales de venta de ropa contar con vestidores adaptados para personas con algún tipo de discapacidad motora (sillas de ruedas, andadores, muletas, etc.).

(DIARIOC, 30/04/2009) La normativa surgió ante la advertencia de que los probadores en comercios de la Ciudad “no cuentan con las dimensiones necesarias para permitir el ingreso y movilidad de una persona con discapacidad o algún tipo de movilidad restringida”.

Y agrega, que además de los probadores adecuados, los locales deben tener el ancho suficiente en todo su recorrido para “permitir el paso de dos personas, una caminando y otra en silla de ruedas”.

De esta manera, se plantea la necesidad de “integrar a los discapacitados mediante una política social clara, amparándolos para que puedan disfrutar a pleno de esta ciudad, evitando situaciones de incomodidad, impotencia, y hasta humillación al momento de adquirir una prenda de vestir. Esta situación provoca que estas personas “deban soportar la incomodidad de exponerse a la vista de todos, perdiendo el derecho a la intimidad”.

Según la mencionada Ordenanza, en su artículo 3ero, se exige que los locales comerciales afectados deben adecuar sus instalaciones en un plazo no mayor a los 12 meses de su publicación. Cabe agregar, que fue aprobada en noviembre de 2005, de manera que rige plenamente desde finales del año 2006.

Por su parte, el Código de Faltas, en su Artículo 113, indica que “el que infringiere las disposiciones legales que regulan la habilitación y/o funcionamiento de los locales comerciales, industriales, asistenciales, recreativos, o de cualquier índole, será sancionado con multa de cien (100) a doscientos (200) pesos, sin perjuicio de la aplicación del Artículo 11. Este último, predica: “podrá disponerse la clausura preventiva del local o el cese de la actividad en infracción hasta que desaparezcan las causas que la originaron”.


(Se ha leido 625 veces.)

Se permite la reproducción de esta noticia, citando la fuente https://www.diarioc.com.ar

Compartir en Facebook

Más Noticias:

01-06-2026 Catamarca suma una nueva opción de movilidad ante el crecimiento del transporte por aplicación
19-05-2026 El Hot Sale 2026 tiene un nuevo árbitro: la inteligencia artificial
07-05-2026 Hot sale en productos de descanso con hasta 65% off, 24 cuotas sin interés y 2x1 en almohadas
21-04-2026 Cambiar el chip: endeudarse en serio en una Argentina distinta
25-11-2025 Gendarmes argentinos conquistan la cumbre del Volcán Pissis, una de las montañas más altas de América
06-08-2025 Estudiantes de Arquitectura de la UNCA diseñan un complejo fronterizo estratégico para Fiambalá
16-07-2025 Avanza la implementación del código QR en farmacias: gobierno presenta plan de fiscalización nacional
07-07-2025 Estudiantes de la UNCA y del Instituto Superior Técnico Industrial | Estudiantes realizaron una visita técnica a empresa de construcción modular bioclimática
10-06-2025 Del 11 al 13 de junio, | El camión Larti Innova de Lartirigoyen visitará San Fernando del Valle de Catamarca
01-06-2025 Comerciantes celebran el fin del aporte obligatorio a INACAP tras 17 años
Sitemap | Cartas al Director | Turismo Catamarca | Contacto | Tel. (03833) 15 697034 | /www.diarioc.com.ar 2002-2026