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Viernes 02 de Mayo de 2025
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El Senado aprobó el proyecto contra la radiodifusión ilegal

Lo hizo en general, y ahora será modificado en Diputados, donde había conseguido media sanción el año pasado.

El Senado de la Nación aprobó ayer, en general, una ley que sanciona con prisión las emisiones clandestinas de radio y televisión. Mediante esa norma, la radiodifusión clandestina dejará de considerarse como una simple infracción y pasará a ser un delito contemplado en el código penal, con un máximo de dos años de detención. También se penalizará a quienes comercialicen decodificadores y sistemas de enganche no autorizados para TV por cable.

Lo hizo en general, y ahora será modificado en Diputados, donde había conseguido media sanción el año pasado.

El Senado de la Nación aprobó ayer, en general, una ley que sanciona con prisión las emisiones clandestinas de radio y televisión. Mediante esa norma, la radiodifusión clandestina dejará de considerarse como una simple infracción y pasará a ser un delito contemplado en el código penal, con un máximo de dos años de detención. También se penalizará a quienes comercialicen decodificadores y sistemas de enganche no autorizados para TV por cable.

El proyecto original que había sido impulsado por los ex diputados radicales Luis Barndoni y José Dumón, quienes concluyeron su mandato en diciembre de 2001, tendrá que esperar un tiempo para que entre en vigencia, ya que el texto será modificado durante el debate de su articulado, la semana próxima, y volverá a la Cámara de Diputados, donde el año pasado fue votado favorablemente.

Las condenas para los responsables de emisoras no autorizadas por el Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) o de sus repetidoras oscilarán entre un mes y un año, con un adicional de inhabilitación para ejercer tareas de comunicación por el doble de ese período. Además, las penas de cárcel e inhabilitación se duplicarán en caso de que las transmisiones“truchas”afecten las de emisoras autorizadas.

Por otro artículo, se aplicarán penas de uno a dos años de prisión, y el doble de inhabilitación,“al que ilegítimamente fabricare, promoviere, publicitare, distribuyere, comercializare o adquiriere”decodificadores u otros dispositivos que faciliten la captación de señales de radiodifusión que no sean libres o gratuitas. En caso de que alguno de esos delitos sea cometido por una empresa, también será sancionada con una multa equivalente al 20 por ciento de su capital. Y s esa actividad ilegal constituye su ingreso principal, sería liquidada.


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