El régimen expresa que las empresas de transporte suburbano e interurbano, deberán dar cumplimiento al régimen gratuito establecido en la presente norma, en la modalidad de “Servicio Regular”, definido en el artículo 7 de la Ley N° 4906, cualquiera sea la distancia del recorrido. Los beneficiarios que quieran acceder al “Servicio Diferencial”, abonarán la diferencia entre el costo del boleto correspondiente al Servicio Regular y el Diferencial.
Fundamentos
El proyecto de ley pretende la creación del Régimen de Provisión del Boleto Educativo Gratuito, para ser utilizado en el servicio público provincial de transporte automotor de pasajeros, en sus servicios urbanos, suburbanos e interurbanos de jurisdicción provincial.
El objetivo del proyecto es cooperar en la erradicación de las condiciones de desigualdad, que condenan a miles de familias a no poder enviar a sus hijos a la escuela, a miles de jóvenes a abandonar la secundaria para buscar trabajo o a muchos universitarios a dejar las aulas a causa de sus necesidades económicas.
Entrega de 8000 adhesiones
En este sentido, los alumnos de la Escuela 920 viv Padre Ramón Rosa Olmos del 2do año quienes fueron los autores de la iniciativa hicieron entrega al Presidente de esta Cámara las 8000 adhesiones de los Catamarqueños que apoyan con su firma esta propuesta y que tuvo como protagonistas a estos jóvenes estudiantes, su profesor guía y la Mesa Joven Provincial que organizo y coordino la junta de firmas entre otras actividades de apoyo.