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Modificación de Ordenanzas sobre remises y taxis

En ámbitos del Concejo Deliberante de la Capital, tomó estado parlamentario el pasado jueves un Proyecto de Ordenanza referido a la modificación de las Ordenanzas 2509/92 y 2570/94, sobre la determinación de tarifas de servicio público de remises y taxis, respectivamente. La iniciativa fue presentada por el Presidente del cuerpo, Dr. Simón Arturo Hernández.
(DIARIOC, 02/08/2009)Según se explica en los fundamentos, el objetivo de las modificaciones es el de “subsanar una falencia que en la actualidad presenta el sistema de determinación de tarifas de ambos servicios”. “En efecto y a través de sus respectivas Ordenanzas, ambos sistemas permiten que unilateralmente cada una de las agencias de remises y cada uno de los titulares de licencias de taxis o cooperativas que los agrupan, fijen la tarifa a cobrar por el servicio prestado”, se agrega.

Esta situación, permite que “cada agencia de remises pueda tener una tarifa distinta de las otras y que existan tantas tarifas de taxis como titulares de licencias autorizadas”. “Semejante sistema no puede sino entorpecer el regular funcionamiento del servicio público de transporte prestado y confundir a la ciudadanía que lo utiliza”, advierte el edil.

Por otra parte, el control de los servicios llevado a cabo por los inspectores municipales, “se ve dificultado por la existencia de tarifas disímiles, a las que también habrán de adecuarse las tiqueteras precintadas de los automotores”. En este sentido, se aclara que “la modificación tarifaria debe responder a parámetros de razonabilidad y equidad en relación al usuario, que también ve afectado su presupuesto y debe conocer claramente las tarifas del servicio antes de abordarlo”.

Los cambios

En el caso de la Ordenanza N° 2509/92 (Régimen de Servicio de Remises), el nuevo artículo 16º quedaría redactado de la siguiente manera: “Las Agencias firmarán de común acuerdo y deberán comunicar a la Municipalidad, cada cambio de tarifas y que regirá para todos los vehículos afectados al servicio de remises, con cinco días de antelación a su puesta en vigencia”.

Por su parte, en la Ordenanza N° 2750/94 (Régimen de Servicio de Taxis), el nuevo artículo 59º quedaría redactado de la siguiente manera: “El/los titular/es, los gremios, asociaciones, cooperativas y agencias de taxis, fijarán de común acuerdo y deberán comunicar a la Municipalidad cada cambio de tarifas que convengan los/las mismos/as y que regirá para todos los vehículos afectados al servicio de taxis, con cinco días hábiles de antelación a su puesta en vigencia”.

Cabe añadir que “la ficha caerá cada 100 metros en la proporción que establezca el valor del Km.” en cada servicio.

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