Asimismo es de considerar la vigencia de la Ordenanza 1664/85, que clasifica a la actividades de vendedores ambulantes en relación a los productos o servicios que ofrecen; y la Ordenanza 2903/95, que caducaba los permisos entregados hasta ese momento y prohíbe la instalación de vendedores ambulantes, estableciendo un registro de quienes se encontraban hasta ese momento en plaza 25 de agosto y reubicándolos posteriormente.