Catamarca
Martes 09 de Junio de 2026
Buscar:
 (Información Local)

Piden que Aguas del Valle cumpla con sus propias exigencias

La resolución de la máxima instancia judicial de la provincia menciona, sobre el caso del incumplimiento objeto de la presentación, que está bien especificado en el contrato y que no puede argumentar desconocimiento o interpretación confusa de la cláusula.
La Corte de Justicia rechazó una acción interpuesta por la empresa Aguas del Valle, con la cual pretendía que se declare ilegítima una multa aplicada por el Ente Regulador de Servicios Públicos (ENRE), a raíz del mal servicio. El tribunal entendió en su resolución que la firma actuó de “mala fe” al desconocer un principio contractual denominado “solve et repet”, que implica que la empresa debe pagar la multa y reclamar después, del mismo modo que ella exige a sus usuarios ante un reclamo por la prestación.
Anteriormente, la Justicia había ratificado la facultad legal y contractual del organismo de contralor, para iniciar juicios ejecutivos contra la privatizada, una herramienta que Aguas del Valle cuenta para cobrar rápidamente a sus clientes morosos y que pretendía desconocer.
De esta manera, la Justicia equiparó en dos oportunidades las obligaciones de la concesionaria con las de sus clientes.
La resolución de la máxima instancia judicial de la provincia menciona, sobre el caso del incumplimiento objeto de la presentación, que está bien especificado en el contrato y que no puede argumentar desconocimiento o interpretación confusa de la cláusula. “Querer desconocer la virtualidad de las cláusulas contractuales y ya en plena etapa de ejecución del contrato, sólo puede responder a una actitud de mala fe de la concesionaria. Pues, no se trata de la interpretación de una cláusula más o menos oscura que pueda dar lugar a valoraciones disímiles de su sentido o alcance entre las partes contratantes, sino ante una cláusula de interpretación clara y unívoca con solo apelar a la lectura de su texto”, dice la resolución de principios de mes que lleva la firma de los jueces César Oviedo, Enrique Lilljedahl y José Ricardo Cáseres.

(Se ha leido 280 veces.)

Se permite la reproducción de esta noticia, citando la fuente https://www.diarioc.com.ar

Compartir en Facebook

Más Noticias:

01-06-2026 Catamarca suma una nueva opción de movilidad ante el crecimiento del transporte por aplicación
19-05-2026 El Hot Sale 2026 tiene un nuevo árbitro: la inteligencia artificial
07-05-2026 Hot sale en productos de descanso con hasta 65% off, 24 cuotas sin interés y 2x1 en almohadas
21-04-2026 Cambiar el chip: endeudarse en serio en una Argentina distinta
25-11-2025 Gendarmes argentinos conquistan la cumbre del Volcán Pissis, una de las montañas más altas de América
06-08-2025 Estudiantes de Arquitectura de la UNCA diseñan un complejo fronterizo estratégico para Fiambalá
16-07-2025 Avanza la implementación del código QR en farmacias: gobierno presenta plan de fiscalización nacional
07-07-2025 Estudiantes de la UNCA y del Instituto Superior Técnico Industrial | Estudiantes realizaron una visita técnica a empresa de construcción modular bioclimática
10-06-2025 Del 11 al 13 de junio, | El camión Larti Innova de Lartirigoyen visitará San Fernando del Valle de Catamarca
01-06-2025 Comerciantes celebran el fin del aporte obligatorio a INACAP tras 17 años
Sitemap | Cartas al Director | Turismo Catamarca | Contacto | Tel. (03833) 15 697034 | /www.diarioc.com.ar 2002-2026