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Proponen declarar Patrimonio Histórico a inmuebles de 50 años

En la 23º sesión ordinaria del Concejo Deliberante de la Capital , tomó estado parlamentario un proyecto de Ordenanza presentado por la concejal Yris Dré, en el que se propone declarar sujetos a preservación municipal a todas las edificaciones que cuenten con una antigüedad igual o superior a cincuenta años.
(DIARIOC, 24/09/2009) Por este tema, se propone también modificar las sanciones previstas en el artículo Nº 98 del Código Municipal de Faltas.  

“La identidad de una ciudad se compone por su gente, sus edificaciones, sus costumbres; así hay ciudades que aún hoy mantienen intacto su estilo arquitectónico, producto de la preservación realizada tanto por el municipio como por los propietarios”, indica el proyecto en sus fundamentos.

Y agrega que “el espacio donde se desarrolla nuestra vida cotidiana, tiene una identidad que nosotros contribuimos a crear desde nuestra acción y nuestra mirada; esto nos lleva a concluir que nuestro gran barrio, que determina la identidad de Catamarca, es fundamentalmente el casco céntrico, que es donde se concentra la mayor cantidad de casonas antiguas”.

En otro orden, Dré asegura que “con mucha tristeza observo la rapidez con la que son demolidas viejas casonas de cincuenta o más años de antigüedad, muchas de ellas construidas en estilo colonial, para dar paso a playas de estacionamiento o edificios sin siquiera preservar su fachada”.

Por ello, se pretende por vía de modificación, “incrementar el monto a abonar por la demolición de aquellas casas que se encuentren sujetas a protección municipal”.

En este sentido el artículo Nº 98 del Código Municipal de Faltas (Ordenanza Nº 3306) quedaría redactado de la siguiente manera: “El que efectuare demoliciones totales o parciales de inmuebles, sin permiso municipal o sin ajustarse a los requisitos previos y procedimientos establecidos para tal fin, será sancionado con multa de dos mil (2.000) a cincuenta mil (50.000) pesos”.

Cabe añadir que la propuesta también propone crear un “Registro de Inmuebles Sujetos a Preservación por Razones Históricas”, como así también que “los inmuebles sujetos a esta normativa cuenten en su frente con una placa identificatoria con la leyenda ´Inmueble preservado por razones históricas´”.

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