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Viernes 26 de Abril de 2024
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La justicia española ordenó liberar a una etarra tras el fallo europeo

Ordenó hoy la inmediata liberación de la etarra Inés del Río Prada, cumpliendo con una sentencia emitida ayer por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que consideró que su encarcelamiento vulnera derechos fundamentales.
El fallo del TEDH entierra la llamada "Doctrina Parot" del Tribunal Supremo español, que fue aplicada a presos etarras para evitar su liberación y que consiste en aplicar los beneficios penitenciarios sobre el total de la condena y no sobre los 30 años de estancia máxima en prisión que establece la ley en España.

El fallo del TEDH abre la puerta a la excarcelación de un centenar de miembros de la organización separatista armada vasca ETA y de otros presos comunes que cometieron delitos graves y a los que se les aplicó la Doctrina Parot para evitar que salieran en libertad.

El gobierno del Partido Popular (PP) de Mariano Rajoy, que no está de acuerdo con la sentencia del TEDH, aseguró que será la justicia española, en concreto la Audiencia Nacional en los casos de delitos de terrorismo, y los tribunales provinciales en otros delitos, los que decidan en cada caso particular como se aplicará el fallo.

El Ejecutivo español remarcó que no habrá "impunidad" y no permitirá que se vulneren los derechos de las víctimas de ETA con actos de enaltecimiento ante la previsible excarcelaciones.

Por unanimidad, los 17 miembros del Pleno de la Sala Penal de la Audiencia Nacional de España resolvieron liberar a la etarra acatando el dictamen de la corte de Estrasburgo, por tratarse de una decisión firme y de obligatorio cumplimiento, indicaron fuentes judiciales.

Inés del Río, condenada a 3.828 años de prisión por 24 asesinatos, saldrá hoy mismo de la prisión gallega de Teixier, en La Coruña, después de pasar 26 años entre rejas.

Los magistrados de la Audiencia Nacional, que se reunieron por una hora y media, tuvieron en cuenta un informe de la Fiscalía favorable a la liberación de la etarra, pero que pedía que se bloquearan los 30.000 euros de indemnización de estableció el tribunal europeo.

En su primera sentencia sobre el caso, en julio de 2012, el tribunal de Estrasburgo ya aseguró que España "vulneró el derecho a la libertad" de la etarra Inés del Río Prada al mantenerla en prisión tras una revisión de su condena, en la que se le aplicó la Doctrina Parot, por lo que exigió que sea excarcelada "lo antes posible".

La excarcelación de esta etarra estaba prevista para el 2 de julio de 2008, tras cumplir 20 años de prisión, pero con la revisión fue ampliada en nueve años, hasta 2017.

La sentencia concluye que extendiendo su condena, la justicia española violó el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que sostiene que no puede haber pena sin una ley, y el artículo 5, que vela por el derecho a la libertad y la seguridad.

Ahora, la Audiencia Nacional estudiará a fondo la sentencia de la corte de Estrasburgo este viernes y decidirá los pasos a seguir con el resto de reclusos sentenciados que se encuentran en una situación similar a la de Inés del Río y que han apelado la revisión de sus condenas.

Sobre la mesa, el tribunal tiene un recurso de la etarra Josefa Mercedes Ernaga, condenada a 794 años de prisión por el atentado al supermercado Hipercor de Barcelona en junio de 1987, en el que murieron 21 personas, y que lleva 26 años encarcelada.

También deberá resolver sobre Juan Manuel Píriz López, quien lleva 29 años en prisión y que fue condenado a 61 años por haber asesinado a otro miembro de ETA. Una treintena de recursos están en manos de la Audiencia y un número similar dependen del Tribunal Constitucional.

Fuente: Télam

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