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Viernes 11 de Julio de 2025
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Condenan al PAMI a pagar casi un millón de pesos a una prestadora

Buenos Aires, 4 de Julio (Télam). El PAMI fue condenado a pagar casi un millón de pesos a una prestadora por servicios brindados a afiliados hipoacúsicos, que no fueron cancelados oportunamente, confirmaron hoy fuentes judiciales.
Buenos Aires, 4 de Julio (Télam). El PAMI fue condenado a pagar casi un millón de pesos a una prestadora por servicios brindados a afiliados hipoacúsicos, que no fueron cancelados oportunamente, confirmaron hoy fuentes judiciales.

La Cámara Civil y Comercial Federal revocó la decisión tomada en primera instancia por el juez Marcelo Wathelet quien, pese a admitir la existencia de la deuda, había rechazado el reclamo porque consideró que el Instituto fuesustituido ante sus acreedores por el Estado Nacional, y éste no había sido demandado.

El reclamo fue presentado por la Mutualidad Argentina de Hipoacúsicos por servicios brindados entre abril y agosto de 1996, que, según se comprobó, quedaron impagos.
En 1996 el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) dictó el decreto de necesidad y urgencia 925/96 que establecía un relevamiento de las deudas del Instituto Nacional de Seguridad Social para Jubilados y Pensionados (INSSPJ).

Quienes quisieran cobrar créditos contra el INSSPJ, de acuerdo con esa norma, tenían un plazo de 60 días para aportar elementos que justificaran su pretensión y el organismo dispondría del mismo término paara producir un informe sobre el reclamo, aclarándose que la falta de requerimiento originaba el "rechazo automático" de lo adeudado.

La mutualidad verificó entonces un crédito de 992.951,72 pesos, pero un nuevo decreto presidencial, en 1997, transfirió el paquete de la deuda, que sería cubierto por el Tesoro de la Nación con fondos, unos 220.000.000 de pesos, asignados por laAdministración Nacional de la Salud (ANSSAL).

La Sala II de la Cámara dejó sin efecto el fallo de primera instancia al sostener que el reclamo de la prestadora fue presentado en el momento correspondiente, previo a la vigencia del decreto del Poder Ejecutivo Nacional que en 1997 dispuso la transferencia de las deudas de la obral social de los jubilados. (Télam)

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