La obligatoriedad rige desde con la publicación en el Boletín Oficial de la ley 12.895, que establece que los profesionales de la salud tendrán la obligación de indicar en la receta el nombre genérico de la droga, la concentración y su dosificación.
En la venta al público, los farmacéuticos deberán ofrecer los productos registrados y disponibles que respeten el principio activo, concentración, forma farmacéutica y dosificación prescripta, para que el paciente elija el medicamento más conveniente a sus posibilidades.
Hace 15 días, el Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires había advertido a la población que importantes laboratorios estaban presionando para que no se aplique la ley que obliga a la prescripción de medicamentos genéricos y que podrían retener stock.
El presidente de la entidad provincial, Daniel Alvarado denunció a Télam: "Sabemos que laboratorios líderes quieren frenar o volver para atrás el decreto que obliga a prescribir por medicamentos genéricos o por marca pero asentando el nombre genérico al lado".
"Alertamos a la población para que defienda esta ley que beneficia a la gente, que se comprometa y tome este problema como propio", reclamó.(Télam).-