La Real Audiencia de España le impidió al juez Baltasar Garzón llevar adelante esa investigación a partir de la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad, por lo que el nuevo pronunciamiento dejaría al borde de que esos hechos sean ventilados en la Argentina, como pretenden los querellantes.
El archivo del expediente había sido ordenado en abril de este año por la jueza federal María Romilda Servini de Cubría, referido a la presentación que formularon los familiares de las víctimas y organismos de derechos humanos, tras el fracaso en la península de una investigación impulsada por el suspendido juez Garzón.
Ahora, la Sala Segunda de la Cámara dispuso que se libren exhortos "a fin de que el Gobierno español informe si efectivamente se está investigando la existencia de un plan sistemático generalizado y deliberado de aterrorizar a los españoles partidarios de la forma representativa de gobierno a través de su eliminación física llevado a cabo en el período comprendido entre el 17 de julio de 1936 y el 15 de junio de 1977".
Dicho pedido está contenido en el pronunciamiento de los miembros del tribunal, Horacio Cattani y Martín Irurzum referido a la denuncia que efectuaron un sobreviviente y la nieta de una de las víctimas del franquismo, a la que adhirieron decenas de damnificados por el régimen que gobernó por cuatro décadas a
partir de la Guerra Civil española.
En el mismo pronunciamiento, el tribunal argentino declaró la nulidad de la resolución de Servini de Cubría "por carecer de fundamentación y de sustento en el ordenamiento procesal vigente".
Además, advirtió que el fiscal de la causa, quien se pronunció por la desestimación de la denuncia habría constatado "por internet" que en España existen causas abiertas "con idéntico objeto", método éste que no garantiza "el derecho a la tutela judicial efectiva".
"La primera razón por la que un Estado debe perseguir un delito, es la necesidad de dar cumplimiento a su obligación de garantizar el derecho a la justicia de las víctimas", sentenció la Cámara.
Al respecto entendió dicha "persecución penal como un corolario necesario del derecho de todo individuo a obtener una investigación judicial a cargo de un tribunal competente, imparcial e independiente en el que se establezca la existencia o no de la violación a su derecho, se identifique a los responsables y se les impongan las sanciones pertinentes" .
Fuente: 26noticias