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Jueves 25 de Abril de 2024
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Con modificaciones el proyecto de unificación monetaria obtuvo despacho favorable de la comisión de Hacienda y Finanzas

La comisión de Hacienda y Finanzas de la Cámara de Diputados resolvió anoche por unanimidad dar despacho favorable con modificaciones al proyecto de adhesión al Programa de Unificación Monetaria. De esta manera, en la sesión de mañana quedará formalizada la adhesión de Catamarca a los términos de la ley 25736 y del decreto del Poder Ejecutivo Nacional 743/03, sus modificatorios y reglamentarios.

La comisión de Hacienda y Finanzas de la Cámara de Diputados resolvió anoche por unanimidad dar despacho favorable con modificaciones al proyecto de adhesión al Programa de Unificación Monetaria. De esta manera, en la sesión de mañana quedará formalizada la adhesión de Catamarca a los términos de la ley 25736 y del decreto del Poder Ejecutivo Nacional 743/03, sus modificatorios y reglamentarios.
El despacho, que incluye el texto reformulado con las variantes que se le introdujo al proyecto original autoría de Carlos Rosales(PJ), faculta al Poder Ejecutivo Provincial a encomendar al Estado Nacional el rescate de los Títulos Públicos al Portador hasta el monto total autorizados por leyes 4748 y sus modificatorias, ley 4959, ley 5040, ley 5045, y ley 5066. El Poder Ejecutivo deberá determinar el stock circulante de los títulos involucrados en el programa al 31 de enero del 2003.
Se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a asumir con el Estado Nacional la deuda resultante del Programa de Unificación Monetaria establecido por decreto 743/03 por hasta el valor nominal de bonos del gobierno nacional en pesos 2% 2013, que el Estado Nacional debe emitir y colocar en el Banco Central de la República Argentina, según la normativa vigente y afectar la Coparticipación Federal Impositiva de acuerdo al artículo 3º inciso d) del decreto 743/ 03 y artículo 4º, segundo párrafo de la resolución del Ministerio de Economía 266/03.
El Poder Ejecutivo Provincial procederá a eliminar el poder cancelatorio, del título a rescatar, a la finalización de los procedimientos contenidos en el artículo 2º de la resolución 266/03.
Por otra parte se faculta al Poder Ejecutivo Provincial a emitir un título provincial escritural  con vencimiento en setiembre del 2006, para sustituir los Títulos Públicos al Portador  ley 4748 y ley 5066, que pudieren quedar como remanente, una vez finalizado el Programa de Unificación Monetaria, al que la provincia de Catamarca adhiere de acuerdo a las condiciones establecidas en el artículo 7º de la resolución 266/03 del Ministerio de Economía de la Nación y artículo 3º inciso e) del decreto 743/03, aceptando el mecanismo de neutralización previsto en el artículo 5º inciso c) de la resolución ME 266/03.
Además, el Ejecutivo Provincial queda autorizado a optar, a los fines del pago de la deuda resultante de la conversión, por los bonos del gobierno nacional en pesos 2º % 2013.
El Poder Ejecutivo deberá brindar la información relativa a las cuentas de custodia existentes y disponibles del título público de que se trate conforme lo previsto en el inciso c) del artículo 3º del decreto 743/03. También, deberá remitir al Poder Legislativo el programa que defina y el resultado final del mismo.
En el despacho de comisión se encomienda al Poder Ejecutivo Provincial firmar los convenios y/o normas necesarias para llevar adelante el Programa de Unificación Monetaria y en particular el convenio de pago conforme el inciso b) del artículo 6º del decreto 743/03.
Por último se prohíbe la emisión de nuevos títulos públicos provinciales, iguales o similares a los que se rescatan por el Programa de Unificación Monetaria.

 


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