A través de la resolución 133 de la Secretaría, se dispuso que los bienes automotores y maquinarias incorporados en la operatoria con los BODEN deberán ser de fabricación nacional, o de origen y procedencia de los restantes Estados parte del Mercosur.
También están incluídos los bienes automotores y maquinarias de origen y procedencia de otros países, siempre que hubieren sido despachados a plaza con anterioridad a los 15 días corridos posteriores a la publicación de la presente resolución.(Télam)