Lo hizo a través de la Resolución 106/15, dictada en el expediente UIF 1342/12, conforme lo dispuesto en el artículo 21 incisos a de la Ley 25.246.
Ese inciso fija que los corredores inmobiliarios deberán "recabar de sus clientes, requirentes o aportantes, documentos que prueben fehacientemente su identidad, personería jurídica, domicilio y demás datos que en cada caso se estipule, para realizar cualquier tipo de actividad de las que tienen por objeto".
La sanción recayó sobre Luis José Ramos, en su doble carácter de oficial de cumplimiento y presidente de la empresa, y a los directores Diego Cazes, Ricardo Costa Chiappe, Miguel Grehan, Pablo Vivot, John Barbagelata, José Clariá, María del Carmen Di Fonzo, Soledad Ramos, Mariana Stange y Dina Crusizio.
Asimismo, se declaró exento de responsabilidad a Manuel Estruga, y se comunicó al Colegio Profesional de Corredores Públicos Inmobiliarios de la ciudad de Buenos Aires las sanciones impuestas.
Fuente: Télam