A su criterio, la disposición nacional “no debería afectar a los proyectos mineros en marcha, ya que están protegidos por el paraguas legal de la ley 24.196 de Inversiones Mineras. Dicha ley les otorga a las empresas mineras una serie de beneficios y estabilidad fiscal por 30 años y un tope del 3% a las regalías, que se calcula sobre el valor del mineral en bocamina”.
Sin embargo, las retenciones afectan directamente a dos emprendimientos radicados en Catamarca al amparo del régimen nacional de Inversiones Mineras: Minera Alumbrera y Minera del Altiplano.
Para el secretario de Minería, la medida tomada por el Gobierno Nacional no es beneficiosa a nivel provincial por tres razones en líneas generales.
En primer lugar, “como provincia nos va a generar una disminución en las regalías, debido a que la aplicación de retenciones genera una reducción del valor de venta, que es el punto de partida para el cálculo de valor de boca de mina del mineral, de acuerdo con lo establecido por la ley, generando de esta manera una disminución directa en el valor de las regalías que deben abonar las empresas”.
Por otro lado, “todas las retenciones a las exportaciones mejoran los ingresos del Estado nacional, pero no los ingresos de los Estados provinciales, ya que las retenciones a las exportaciones no son coparticipables”.
Y por último, “las retenciones impactan en la rentabilidad de las empresas mineras, repercutiendo en la recaudación del impuesto a las Ganancias, afectando directamente a las provincias al disminuir los ingresos fiscales por un impuesto coparticipable”.
Las principales disposiciones de la ley de Inversiones Mineras y sus modificaciones establecen una estabilidad fiscal y cambiaria por 30 años para el sector, importación libre de derechos de maquinarias, equipos, partes, repuestos e insumos mineros; tope para regalías con un máximo 3 por ciento sobre valor bocamina, exención del impuesto sobre los Activos; doble deducción de gastos de prospección, exploración, estudios, ensayos, etc. destinados a determinar la factibilidad económica y devolución del IVA sobre inversiones en exploraciones.