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Viernes 26 de Abril de 2024
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Precisan montos a abonar por la cobertura de riesgos laborales del personal doméstico

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció la forma y condiciones que deberán observar los empleadores a efectos del pago de las cuotas del Sistema de Riesgos del Trabajo para el personal de casas particulares.
Los empleadores deberán ingresar mensualmente, por cada uno de los empleados, los importes que correspondan de acuerdo con las horas semanales trabajadas y la condición de los trabajadores (activo o jubilado), según la resolución general 3693 del organismo, que se publica hoy en el Boletín Oficial.

La ley 26.844, que instituyó en abril del año pasado el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, estableció la incorporación "en forma gradual y progresiva" de las prestaciones contempladas en el Sistema de Riegos del Trabajo.

Luego, en abril último la reglamentación específica dispuso que los empleadores tomen cobertura con la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) que libremente elijan, en tanto se halle autorizada a brindar cobertura en la jurisdicción que corresponda a su domicilio.

En septiembre, las superintendencias de Seguros de la Nación (SSN) y de Riesgos del Trabajo (SRT) definieron el contenido de los contratos de afiliación de los empleadores y los datos sobre traspaso, rescisión, reintegros por el pago de prestaciones dinerarias y tarifas aplicables, en función a la cantidad de horas semanales trabajadas.

La resolución de la AFIP precisa que los aportes mensuales correspondientes a la cuota de riesgos del trabajo serán de 130 pesos para menos de 12 horas trabajadas semanalmente; 165 pesos (de 12 a menos de 16 horas); y 230 pesos (por 16 horas o más).

De este modo, el monto total que deberán pagar los empleadores de personal doméstico, en el caso de mayores de 18 años, será de 161, 224 y 498 pesos, respectivamente.

Luego, para menores de 18 años pero mayores de 16, serán 149, 200 y 463 pesos; mientras que por cada trabajador jubilado se determinaron sumas de 142, 189 y 265 pesos, también en forma respectiva.

Tales aportes, contribuciones y cuotas tendrán como destino el Sistema Nacional del Seguro de Salud, el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y la ART.

Fuente: Télam

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