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Jueves 28 de Marzo de 2024
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Legisladores nacionales del FCS rechazaron el proyecto

El Congreso sancionó esta madrugada la ley de auxilio para deudores hipotecarios

El Congreso de la Nación convirtió esta madrugada en ley el proyecto de auxilio para deudores hipotecarios que adquirieron un crédito menor a 100.000 pesos para comprar, ampliar o refaccionar una vivienda única de uso familiar, y hayan entrado en mora el 1º de enero de 2001 hasta el 11 de septiembre de 2003.
El Congreso de la Nación convirtió esta madrugada en ley el proyecto de auxilio para deudores hipotecarios que adquirieron un crédito menor a 100.000 pesos para comprar, ampliar o refaccionar una vivienda única de uso familiar, y hayan entrado en mora el 1º de enero de 2001 hasta el 11 de septiembre de 2003. Además, crea un fondo fiduciario que comprará a los acreedores esas deudas en mora y también se encargará de pagar las cuotas futuras.
Los propios beneficiados por el rescate de créditos que propone la ley -los deudores hipotecarios- se mostraron disconformes en las reuniones de comisión que se celebraron en el Senado de la Nación al momento de tratarse el proyecto enviado por el PEN, por considerar que se deja afuera del auxilio a una importante porción de deudores en situación de inminente ejecución.
El proyecto, que fue aprobado en menos de 11 horas en ambas cámaras del Parlamento, recibió el rechazo por parte de los legisladores nacionales de Catamarca por el Frente Cívico y Social, y defendieron una propuesta que elaboraron en conjunto.
En primer término, esta posición fue expuesta ante la cámara alta por la Senadora nacional Marita Colombo. La legisladora defendió un dictamen de minoría que proponía la creación de un sistema de reestructuración de la deuda con garantía hipotecaria y fijaba el período de mora, comprendido desde el 1º de enero de 1998 hasta el 11 de septiembre de 2003. Fundamentó ese período al entender que a partir de 1998“se hicieron sentir con progresiva gravedad los efectos de la recesión económica que, por supuesto, ha tenido un carácter determinante en la situación de los deudores hipotecarios que han entrado en mora con sus acreedores”
Los principales aspectos del dictamen defendido por la Senadora Colombo fueron los siguientes:
- El sistema debe ser optativo tanto para los deudores como para los acreedores, para preservar el principio de igualdad ante la ley.
- El Poder Ejecutivo Nacional designará al Banco de la Nación Argentina como agente fiduciario y el patrimonio del fideicomiso se integrará con los créditos cedidos "y sus garantías" por las entidades financieras y los acreedores privados que hayan optado por el sistema instituido en la presente ley.
{adr}- La parte acreedora -bancos y entidades financieras- deberán transferir y ceder la garantía hipotecaria a  favor del agente fiduciario. Esto permitiría definir al Banco de la Nación Argentina como el único acreedor ante el cual deberá responder el deudor.
- Se propone que se suspendan las subastas y los desalojos hasta la puesta en vigencia del sistema de reestructuración y de refinanciación propuesto en el presente proyecto de ley. Dicha reestructuración y refinanciación girará sobre la base de la negociación entre las partes y estará sustentada en el principio de buena fe y del esfuerzo compartido. Esto constituye la máxima garantía que el Estado puede brindar en un contrato entre particulares.
En tanto, en la sesión que celebró posteriormente la cámara baja, la Diputada nacional Aída Maldonado manifestó que el proyecto impulsado por el Ejecutivo se caracteriza por un rasgo netamente“excluyente”, por cuanto deja fuera de los alcances de la norma a los poseedores de una vivienda única y familiar con una deuda indeterminada a criterio del acreedor, puesto que se trata de hipotecas en dólares cuya deuda fue pagándose“a cuenta”sin quedar definido a cuánto se pesificaba.
“Este proyecto, que nos obligan a tratar apresuradamente, atenta contra los preceptos incluidos en el art. 75 incisos 18 y 23 de la Constitución Nacional por cuanto concede beneficios a personas o grupo de personas determinados y, por ende, atenta contra el principio de igualdad ante la ley”, fustigó la legisladora.
“Además del enorme universo de deudores excluidos, el proyecto que la bancada oficialista pretende imponer somete a quienes tienen deudas a la voluntad del banco acreedor según el texto del artículo 6º en directa contradicción a lo previsto en el artículo 2º cuando afirma literalmente que ºla naturaleza del acreedor no constituye requisito de elegibilidad”, concluyó Maldonado.

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