En sus principales artículos la ley prevé luchar contra los flagelos de la obesidad en Catamarca y que su tratamiento sea efectuado por los diferentes servicios de salud del estado. También que se declare de interés provincial la lucha contra esta enfermedad, declarada epidemia por la Organización Mundial para la Salud y se asigne como política publica la prevención y tratamiento de esta patología.
En artículo 5º el proyecto establece que todo sistema hospitalario de carácter publico, provincial o municipal, deberá contar con personal capacitado e instalaciones destinadas a la atención de esta enfermedad, en especial para hiper y super obesos.
En la iniciativa se requiere que la Obra Social de los Empleados Públicos de la Provincia (OSEP) incluya a la obesidad como enfermedad a ser asistida por la entidad, comprendiendo ésta a la prevención, diagnóstico y tratamiento de la misma.
La senadora de Tinogasta afirma en la fundamentación del proyecto de ley que “el derecho a la salud debe llevarse a la práctica sin discriminaciones” y que el hospital público debe ser “garante del sistema de salud” y “constituirse en eje de la defensa de ese derecho”.
Señala además que si bien en general se considera a la obesidad un problema estético, la OMS, la clasifica entre los diez principales riesgos principales para la salud en todo el mundo, en la medida que aumenta la posibilidad de padecer otras enfermedades como diabetes, hipertensión, problemas cardiovasculares y respiratorios, algunos tipos de cáncer, además de litiasis vesicular, gota, várices, hernias, hemorroides, artrosis, etc.
Tello sostiene que estimativamente en proporción directa al número de catamarqueños con problemas de obesidad de distinto grado, se puede hablar de alrededor de 125 mil personas con una fuerte incidencia en la capacidad de generación económica y mayores costos de asistencia en enfermedades derivadas a posteriori de esta enfermedad.