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POR LA RESOLUCION Nº 314

Suteca inició acciones legales en contra del ministro Mario Perna

Desde el gremio de docentes SUTECA dieron a conocer que elevaron una carta documento al ministro de Educación Mario Perna por violar el derecho constitucional de los trabajadores. La acción legal es para que el ministro ratifique o rectifique en 48 horas la disposición de remplazar en las aulas a los docentes que se adhieran a medidas de fuerza.

(DIARIOC, 09/07/2010) Nilda Escotorin dio a conocer que la medida tomada es por considerar que la resolución dispuesta por el ministerio de educación es una violación a los derechos de los docentes. En declaraciones radiales la gremialista manifestó que “el ministro esta violando el derecho constitucional que tienen los docentes, esto es grave y tenemos que frenar con medidas y unidos” afirmo

Se debe resaltar que los docentes culminaron con alto acatamiento el paro anunciado la semana pasado en reclamo de un aumento salarial para el sector. Ante esto el ministro efectivizo los dichos de reemplazar por docente desocupados a quienes se adhieran a las medidas de fuerza.

La polémica medida fue establecida mediante la resolución Nº 314 del 6 de julio de 2010, amparándose la cartera educativa en la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 y la resolución Nº 94 del Consejo Federal de Educación.

Se pudo conocer parte de la misma, esta incluye cuatro artículos los mismos indican: Artículo primero establece "con carácter excepcional el sistema de cobertura de cargos y/u horas cátedra en caso de ausencia del docente, cualquiera sea su situación de revista, por adhesión a medidas de fuerza que impliquen la pérdida de clases del alumno".

El artículo segundo dispone "por única vez el llamado a registro extraordinario en establecimientos de su preferencia, cualquiera sea el nivel o modalidad, de todo personal docente inscripto en las respectivas juntas de clasificación, a los efectos de la cobertura".

El artículo tercero autoriza a los directivos escolares "a realizar la inscripción ordenada en el artículo segundo, quienes tendrán a su cargo la verificación del cumplimiento del requisito señalado".

El artículo cuarto dispone "que la cobertura correspondiente no genera en el docente que cubre el cargo u horas derecho a remuneración alguna, siendo compensada la prestación con el reconocimiento de puntaje equivalente a 0,05 puntos por día, el que será debidamente acreditado ante las juntas de clasificación correspondientes".

Ministro de Educación, Mario Perna

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