La obra Social de los Empleados Públicos (OSEP) comunica a sus afiliados sobre la "importancia del carnet de asociado".
Por tal motivo, informa que:
El carné de la Obra Social es un documento personal e intransferible que acredita sólo a su titular y grupo familiar a cargo con la correspondiente acreditación del aporte mensual.
No puede ser cedido, ni retenido, salvo por autoridad competente.
La cesión o préstamo del carné, implica un delito que puede llegar hasta su exclusión de la obra social.
La retención indebida, involucra la obligación del afiliado a dar inmediata noticia a este organismo., asimismo se informa que OSEP no autoriza a ninguna Empresa profesional y/o institución a realizar trámites personales del afiliados.