PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCIÓN:
ARTÍCULO 1.- Instase al Poder Ejecutivo Provincial para que, por me-
dio de la Dirección Provincial de Vialidad, el Ministerio de Obras Públicas
de la Provincia y /o la Dirección Provincial de Seguridad Vial, elaboren
proyectos técnicos con la finalidad de determinar lugares críticos o peli-
grosos de sobrepaso vehicular, como también proyectos técnicos para la
construcción de vías alternativas de sobrepaso sobre la traza de las rutas
ARTÍCULO 2.- Solicitase a los Organismos mencionados en el Artículo
1 que celebren convenios con entidades Nacionales, Provinciales y parti-
culares, a los fines de dar cumplimiento a la elaboración de los proyectos
técnicos que se solicita.
ARTÍCULO 3.- Los proyectos y acciones contemplados en el Artículo 1
deben ser incorporados en el Presupuesto de la Provincia para el año
ARTÍCULO 4.- Comuníquese. Publíquese. Cumplido, ARCHÍVESE.-
APROBADA A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS
MIL CATORCE, MEDIANTE LA MECÁNICA DEL ARTÍCULO 72o DEL
REGLAMENTO INTERNO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE CATAMARCA.
RESOLUCIÓN C.D.P. No_062_