ARTÍCULO 35.- Los vehículos de transporte de sustancias alimenticias deberán contar con Habilitación otorgada por el Departamento Bromatológico Municipal.
ARTÍCULO 36.- Los vehículos serán inscriptos en un registro que llevará a tal efecto el Departamento Bromatológico Municipal, los que se ajustarán a las exigencias y requisitos fijados por el Organismo de aplicación en cuanto a las condiciones de higiene, salubridad e infraestructura que deben reunir.
El informe presentado por inspectores municipales, señala que al momento de la inspección, en su carrocería encontraron mercaderías varias de lo cual se procedió al secuestro de 45 kg; de harina, 12 latas de arvejas secas remojadas, 6 cajas de leche “Ilolay” descremada de 1lts c/u, 3 botellas de bebidas sin alcohol de 1 ½ lts. c/u, 11 latas de caballa en aceite, 12 latas de lomito de atún , 10 sachet de mayonesa de 100g c/u, 24 cajas de leche larga vida entera “Ilolay” por 1 lt. c/u, 11 latas de sardinas en aceite, 10 bolsas de polvo para preparar puré de papa, 5 cajas de leche chocolatada “Ilolay”, 5 bolsas de arroz largo, 5 paquetes de Galletitas Sándwich, 21 latas de choclo, 4 latas de caballa en aceite, 3 latas de salsa p/pizzas, 6 latas de atún desmenuzado en aceite y agua, 6 bolsas de hierba serrana “Hierbitol” por 500 g c/u, 7 potes de dulce de leche “Ilolay” y 3 latas de cóctel de frutas.
Luego de labradas el acta de infracción, la Sub Directora de Bromatología Municipal, Lic. Patricia Marchetti, ordeno la clausura preventiva de la mercadería y el vehículo fue secuestrado y traslado al corralón municipal por orden de la Sub Dirección de Tránsito, las actuaciones se remitieron al Juzgado de Faltas Municipal en turno, para la aplicación de la sanción pertinente.
Marchetti agregó, que los controles van a continuar dentro de los barrios alejados del microcentro, y que si no presentan la correspondiente habilitación y documentación se procederá automáticamente a la inhabilitación y secuestro.