La adhesión está prevista en el artículo 39º de la Ley Nº 5437; y al momento de adherirse a la norma provincial se estima relevante incorporar la admisión del voto optativo para los jóvenes mayores de 16 años y menores de 18, por imperio de las Ley Nacional Nº 26744.
“La instancia de elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias representa un salto de calidad democrática que incorpora transparencia a la selección de candidatos dentro de una fuerza política, y a su vez facilita una participación más amplia de la ciudadanía en los procesos políticos que conllevan la elección de nuestros representantes”, se destacó en el proyecto.