La sanción es a "la empresa responsable de la apertura de pozos o zanjas en la vía pública que los efectúe sin permiso o con permiso vencido o excediendo los términos del permiso otorgado, o que omita colocar vallas de seguridad, defensas, anuncios, señales y dispositivos de seguridad reglamentarios".
En la condena de primera instancia, la jueza tuvo por validas actas de comprobación labradas en 2013 en el barrio porteño de Villa General Mitre, en las cuales los inspectores consignaron que los trabajos "no presentan vallado, no exhibe cartel de obra", tienen "cierre definitivo en acera mal ejecutado, con presencia de escombros", "no cumple pasillo peatonal", entre otros.
La sanción fue decidida por unanimidad en la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad, integrada por Elizabeth Marum, Marcelo Vázquez y Fernando Bosch.
Fuente: Télam