"El ámbito escolar debe ser entendido en sentido amplio, comprendiendo todas las actividades organizadas y controladas por la autoridad educativa y aquellas conexas con la enseñanza", indicó la Sala M de la Cámara en el fallo condenatorio.
Los camaristas Fernando Posse Saguier, Elisa Diaz De Vivar y Mabel De LosSantos, agregaron que el horario en el que ocurrió el accidente "juega un rol fundamental" como para responsabilizar al colegio y al gobierno metropolitano.
Las fuentes consultadas señalaron que el episodio ocurrió el 20 de junio de 2006.
Ese día el adolescente "se había dirigió a la Escuela Técnica Nº 1 Otto Krause, ubicada en la calle Paseo Colón 650", para "tomar la clase de educación física que cursaba en el horario de 10 a 12".
Pero "al arribar el menor al establecimiento, les informaron (a los alumnos) que la clase estaba suspendida y que se debían ir a hacer tiempo fuera del colegio, para luego volver a cursar las materias del turno tarde".
La víctima y otros alumnos "se fueron a jugar al fútbol a un predio ubicado a la vera de las vías en las inmediaciones, donde aproximadamente a las 11:30 fue arrollado por una formación ferroviaria", consignaron los camaristas.
El tribunal concluyó que "correspondía a quien tenía la guarda del menor en ese momento en razón del horario escolar, realizar el correspondiente aviso a los padres para desligarse del control bajo el cual se encontraba la autoridad educativa".
Fuente: Télam